Quedan pocos días para que llegue una de las semanas cortas del año, con sólo dos días hábiles. Esto se debe a los feriados del lunes 17, jueves 20 y viernes 21. Las dos primeras en conmemoración del paso a la inmortalidad de los próceres argentinos Martín Miguel de Güemes y Manuel Belgrano, sumado a un puente turístico.  

En este sentido, las empresas ya establecieron sus esquemas de trabajo y modalidad de cobro ante eventuales prestaciones de servicios. 

CUÁNDO SON LOS FERIADOS DE JUNIO Y CÓMO SE PAGAN?

Los feriados de junio tendrán lugar el 17, 20 y 21. Durante estas jornadas, el comercio podrá abrir sus puertas, aunque los empleados podrán negarse a trabajar. En caso de acudir al puesto corresponderá el pago doble.

Empleados de comercio: ¿cuáles son los próximos feriados en los que cobrarán doble?

En los días feriados nacionales rigen las normas legales sobre el descanso dominical. En dichos días los trabajadores que no gozaren de la remuneración respectiva percibirán el salario correspondiente a los mismos, aun cuando coincidan en domingo", indica la Ley de Contrato de Trabajo 20.744 en su apartado "De los Feriados Obligatorios y Días no Laborables".

Pero ¿qué quieren decir que rigen las normas del descanso dominical? Justamente, que los trabajadores no tienen la obligación de asistir a su lugar de trabajo

"En caso de que presten servicios en tales días, cobrarán la remuneración normal de los días laborables más una cantidad igual", amplía la normativa. Es decir, contabilizará como hora extra y se pagarán al 100%.

Empleados de comercio: ¿cuáles son los próximos feriados en los que cobrarán doble?

LAS CATEGORÍAS DE LOS FERIADOS

Dentro de la categoría de feriados se pueden encontrar:

  • Feriados inamovibles, como el Día de la Independencia
  • Feriados trasladables, como el Día del Respeto a la Diversidad Cultural. Quiere decir que pueden pasar su fecha independientemente del día en que caigan.

En junio, el 17 de junio fue etiquetado como un feriado trasladable.  En cuanto a los días no laborables, esto son "opcionales" ya que depende del empleador.

"En los días no laborables, el trabajo será optativo para el empleador, salvo en bancos, seguros y actividades afines, conforme lo determine la reglamentación. En dichos días, los trabajadores que presten servicio percibirán el salario simple", explica la ley.

En caso de asistir al puesto un día que es considerado "no laborable", el empleador no lo contabiliza como hora extra y se paga como un día normal de trabajo.

CUÁLES SON LOS FERIADOS QUE QUEDAN EN 2024

  • 9 de julio: Día de la Independencia.
  • 17 de agosto: Paso a la Inmortalidad del Gral. José de San Martín.
  • 11 de octubre: Feriado con fines turísticos.
  • 12 de octubre: Día del Respeto a la Diversidad Cultural.
  • 20 de noviembre: Día de la Soberanía Nacional, se trasladó al lunes 18 de noviembre.
  • 8 de diciembre: Inmaculada Concepción de María.
  • 25 de diciembre: Navidad.
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