Una resolución de la jueza federal Mariel Borruto, titular del Juzgado Federal de Río Grande, ordenó a la Secretaría de Energía de la Nación y al ENARGAS que suspenda por 3 meses la aplicación de los nuevos cuadros tarifarios de gas, a partir de un planteo del gobernador de aquella provincia, Gustavo Melella.

La resolución se conoció este lunes, luego de que el gobierno nacional apelara una decisión similar, ya adoptada el 24 de mayo último, en el que la misma jueza había dictado una medida cautelar para ordenar a Camuzzi que se abstuviera de aplicar cortes del servicio a usuarios de aquella provincia, por diferencias en el pago de facturas que surgieran a partir de la aplicación de los nuevos cuadros tarifarios.

Ahora, la medida cautelar se extenderá por un plazo de 3 meses, es decir en coincidencia con toda la temporada invernal, aunque todavía resta resolver la cuestión de fondo, en la que deberá determinarse si la suba de tarifas puede llevarse adelante del modo aplicado o si la medida tendrá que ser totalmente revisada.

Al mismo tiempo, la jueza de Río Grande rechazó otro de los pedidos de la demanda judicial, que pretendía la devolución de los importes abonados en función del nuevo cuadro tarifario.

Aun con esa negativa, el fallo abre una discusión importante en los demás procesos judiciales en marcha, considerando que también Santa Cruz obtuvo una medida similar, siendo por ahora el caso de Chubut el que obtuvo hasta aquí una respuesta negativa.

AUMENTOS TARIFARIOS SIN GRADUALIDAD NI RAZONABILIDAD

La jueza fueguina expresa en su fallo que, “luego de haber analizado las normas citadas precedentemente y los elementos aportados en el marco de este pedido cautelar, no advierto que los cuadros tarifarios implementados desde el mes de abril a partir de las Resolución SE 41/2024 y ENARGAS 122/2024 cumplan con los requisitos de previsibilidad, proporcionalidad y gradualidad para los usuarios del sistema, en los términos de las leyes 24.240 y 24.076”.

“Tampoco se evidencia -añade la jueza- que resulten ‘justas y razonables’ y garanticen ‘la igualdad, el libre acceso y uso generalizado del servicio públicos de gas natural’, y ‘aseguren el mínimo costo para los consumidores de modo compatible con la seguridad del abastecimiento’”, en referencia a artículos específicos de la ley que establece el marco regulatorio para el gas.  

Foto: Sur54

La magistrada también citó un fallo de la Corte por un caso similar, en el que sin desconocer la necesidad de adecuar tarifas de energía para reducir el déficit fiscal del Estado nacional, el máximo tribunal del país dejó en claro que tales medidas “imponen al Estado una especial prudencia y rigor a la hora de la determinación de las tarifas y de su transparencia, a fin de asegurar su certeza, previsibilidad, gradualidad y razonabilidad, es decir, una relación directa, real y sustancial entre los medios empleados y los fines a cumplir, evitando que tales decisiones impongan restricciones arbitrarias o desproporcionadas a los derechos de los usuarios, y de resguardar la seguridad jurídica de los ciudadanos”.

POR QUÉ PUEDE SER UN PRECEDENTE A FAVOR DE CHUBUT

El proceso de Tierra del Fuego podría mejorar, indirectamente, la posición de los usuarios de gas Chubut, que también presentaron un recurso de amparo encabezado por la Defensoría del Pueblo, pero que fue rechazado por el juez federal Hugo Sastre en Rawson.

El argumento de ese juez fue que la defensoría provincial no tiene legitimidad para actuar en representación de los usuarios, como tampoco lo tendría el gobernador ni el fiscal de Estado, por lo que la defensora del Pueblo, Claudia Bard, ya presentó una apelación que fue concedida por el mismo juez.

Quien debe resolver ahora es la Cámara Federal de Comodoro Rivadavia, que en su intervención para Tierra del Fuego, rechazó los argumentos de los organismos nacionales, en contra de la legitimidad del gobierno provincial o de la Defensoría del Pueblo para intervenir en el proceso.

Si bien cada causa debe ser evaluada de acuerdo con las circunstancias y argumentos expuestos por las partes en cada litigio, podría esperarse que la Cámara comodorense, que rechazó aquellos argumentos del gobierno nacional por entender que está en juego “la prestación de un servicio esencial, que incluso ha sido reconocido como un derecho humano y no simple mercadería”,  según los términos de su fallo, haga lugar también al reclamo de usuarios chubutenses.

En ese caso, el tribunal con sede en Comodoro Rivadavia admitió el caso de Tierra del Fuego como un conflicto colectivo, por lo que se reabrió la expectativa de una decisión similar en torno al reclamo planteado desde esta provincia, que hasta ahora ha tenido una respuesta negativa de parte del juzgado de primera instancia, al contrario de lo ocurrido en Santa Cruz y en la provincia fueguina.

ADNSUR está certificado por CMD Certification para la norma CWA 17493 de JTI, octubre 2024-2026. Ver más
¿Querés mantenerte informado?
¡Suscribite a nuestros Newsletters!
¡Sumate acá 👇🔗!
Recibí alertas y la info más importante en tu celular

El boletín diario de noticias y la data urgente que tenés que conocer