El Gobierno nacional anunció los tres feriados turísticos para el 2024, como parte de las medidas destinadas a fomentar la actividad turística en el país. 

Esta disposición, establecida por el artículo 7° de la Ley N° 27.399 de Establecimiento de Feriados y Fines de Semana Largos, determina que el 1° de abril, el 21 de junio y el 11 de octubre serán días no laborables con fines turísticos

La publicación oficial de estas fechas se realizó a través del decreto 106/2023, difundido en el Boletín Oficial.

Todos los feriados del 2024
Todos los feriados del 2024

De acuerdo a la normativa vigente, “los feriados nacionales trasladables previstos en la citada ley cuyas fechas coincidan con los días martes y miércoles serán trasladados al día lunes anterior y los que coincidan con los días jueves y viernes, al lunes siguiente”. 

En este caso, el lunes 1° de abril oficiará de “puente” con el feriado del 2, que conmemora el Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas; el viernes 21 que hará lo propio con el 20, la conmemoración del Día de la Bandera; y el viernes 11 de octubre, por el sábado 12, que recuerda el Día del Respeto a la Diversidad Cultural.

Feriados inamovibles 

  • 1 de enero: Año Nuevo
  • 12 y 13 de febrero: Carnaval
  • 24 de marzo: Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia
  • 29 de marzo: Viernes Santo
  • 2 de abril: Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas
  • 1 de mayo: Día del Trabajo
  • 25 de mayo: Día de la Revolución de Mayo
  • 20 de junio: Paso a la Inmortalidad del General Don Manuel Belgrano
  • 9 de julio: Día de la Independencia
  • 8 de diciembre: Día de la Inmaculada Concepción de María
  • 25 de diciembre: Navidad

Feriados trasladables

  • 17 de junio: Paso a la Inmortalidad del General Don Martín Miguel de Güemes
  • 17 de agosto: Paso a la Inmortalidad del General Don José de San Martín
  • 12 de octubre: Día del Respeto a la Diversidad Cultural
  • 20 de noviembre: Día de la Soberanía Nacional

Fines de semana largos 

  • Desde el 30 de diciembre de 2023 al 1 de enero de 2024: el año comienza con 3 días de descanso.
  • Desde el 10 de febrero al 13 de febrero: 4 días de descanso.
  • Desde el 29 de marzo al 31 de marzo: 3 días de descanso.
  • Desde el 15 de junio al 17 de junio: 3 días de descanso.
  • Desde el 16 de noviembre al 18 de noviembre: 3 días de descanso.

Si en el calendario oficial se disponen los 3 puentes turísticos que prevé la ley, se añadirían otros tres fines de semana largos en el año.

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