En un fallo con perspectiva de género la jueza Guillermina Sosa condenó a un hombre a abonar una cuota alimentaria equivalente a $40 mil, en el cual se tiene especialmente en consideración la situación de la madre que debió cuidar prácticamente sola a una niña.

Además a ese monto se le sumarán las asignaciones familiares que percibiese junto con una actualización trimestral del 10 por ciento.

En su resolución, la magistrada tuvo en cuenta que "la madre de la niña debió asumir en soledad la crianza de su hija, considerando que esto genera una situación de desequilibrio, desventaja y desprotección en la que se encuentra la progenitora”.

Además, destacó que “no puede omitirse la intensidad de las responsabilidades que recaen sobre la progenitora quien ha tenido que procurar el cuidado afectivo y material de la niña de modo principal, lo que implica -de suyo- el menoscabo de otros derechos de los que resulta titular como el derecho al esparcimiento, deportes y en todos los aspectos de la vida cultural, entre otros, que difícilmente pueda realizar quien debe asumir en soledad el cuidado de un hijo o hija” expresó Sosa en su fallo.

Al analizar el caso la magistrada confirmó que tanto de la prueba obtenida como también de distintos testimonios en la causa, “el demandado no contribuye económicamente con la asistencia alimentaria y tiene escaso contacto con su hija, así como que la actora es quien asume prioritaria y podría afirmarse exclusivamente el cuidado de la niña”, pese a que el hombre tendría ingresos demostrados para hacer frente a tal situación.

Al mencionar la jurisprudencia, Sosa recuerda que “los magistrados no pueden ignorar la existencia de patrones socio culturales” y pone como ejemplo “el erróneo y vetusto concepto de que los niños son cuidados por las madres”, pero además, profundiza en el caso a partir de haberse dictado con anterioridad resoluciones que ordenaban una cuota alimentaria provisoria mensual, la cual no fue cumplida.

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