Después de casi 30 años, ya que la implementación del juicio por jurados en Chubut está previsto en la Constitución de 1994, finalmente llegó el momento para un acontecimiento que será un punto de inflexión en la historia de la provincia: la participación del ciudadano común en la toma de decisiones del Poder Judicial, a través de jurados legos que determinarán el veredicto de culpabilidad o inocencia ante los casos penales más graves del sistema, y también en las causas de delitos contra el Estado, es decir, de mala administración o corrupción.

El hecho puntual más reciente, después de muchas discusiones, idas y vueltas con legisladores -incluso los dos años de pandemia que demoraron todo-, es que el último viernes, el Superior Tribunal de Justicia realizó un Acuerdo Plenario al que tuvo acceso ADNSUR, por el cual se creó una “Comisión para la implementación, seguimiento, mejora y capacitación del sistema de Juicio por Jurado y Juicio por Vocales Legos” en Chubut, que será coordinada por los ministros de la Sala Penal, Camila Banfi Saavedra y Daniel Báez.

Concretamente, la nueva acordada lleva el número 5109/22 y deja sin efecto la 5101/22, que -por una mala técnica legislativa- daba la impresión de que suspendía la aplicación de la Ley de Juicio por Jurado, cuando en realidad se refería únicamente a la implementación de dos casos de Trelew que incluso ya fueron resueltos a través de juicios abreviados.

Ahora la definición de todos los miembros del Superior Tribunal es ir a fondo con la implementación de la ley XV N° 30, que va a llevar aún mucho trabajo por delante, porque es necesario dar una serie de pasos: padrones, capacitaciones, sorteos, información a la ciudadanía, cálculo de presupuesto, y coordinación de equipos de trabajo con los ministerios públicos y los colegios de jueces y abogados, así como el asesoramiento de otras provincias que ya han tenido éxito en la aplicación, algo que se va a trabajar con el Foro Patagónico de Superiores Tribunales de Justicia.

Camila Banfi y Daniel Báez coordinan la Comisión del STJ para implementar el juicio por jurado.

Por lo pronto, Camila Banfi –además de mantener reuniones con sus pares de otras provincias- ya tuvo un encuentro con la Escuela de Capacitación Judicial para organizar un cronograma para toda la primera serie de capacitaciones sobre el tema; y en sintonía, Daniel Báez estará notificando el lunes a todas las Oficinas Judiciales para que envíen a la brevedad el listado de casos por jurisdicción que reúnen las condiciones de juicio por jurado para 2023.

Este último paso es ultra relevante: a partir de esa expectativa de cantidad de juicios para el año calendario, el STJ debe resolver cuántos se van a hacer –la implementación debe ser gradual y comenzar de a poco hasta ir conociendo el sistema- para que, por un lado, sean presupuestados y tengan los fondos económicos necesarios; y por el otro, se sepa que cantidad de potenciales integrantes de los jurados deben ser sorteados dentro del padrón general de la provincia para luego ser seleccionados en cada caso.

Hay que saber cuánta gente integrará los listados generales de jurados, y a la vez, cuánta plata se necesitará: la logística incluye notificaciones, audiencias previas, viáticos diarios, acondicionamiento de lugares específicos para los juicios, y capacitaciones. Previo a ello, hay un paso clave, que depende del Tribunal Electoral Provincial, y que se está terminando de trabajar en estos días, que es la depuración de los padrones para el sorteo.

SORTEO

Además de toda la capacitación a los actores del sistema, se debe ir cumpliendo una serie de pasos con plazos perentorios que fija la ley para organizar los juicios por jurados. Lo que se debe determinar, es quiénes están habilitados –no es una elección voluntaria, sino que es una carga pública- y luego hacer la selección dentro del universo general, de cuáles son cada año los ciudadanos de Chubut que podrán ser convocados por las Oficinas Judiciales en cada jurisdicción.

Para ello, es fundamental el trabajo que debe terminar para mediados de octubre el Tribunal Electoral Provincial: su personal está depurando los padrones, que deben estar discriminados en sexo femenino y masculino, porque debe haber paridad de género en la integración. Incluso debe resolverse algo que no está previsto en la ley, como dónde incluir a las personas no binarias.

Los 5 miembros del Tribunal Electoral: Mario Vivas, Roddy Ingram, Jorge Miquelarena, Carlos Eliceche y Amorina Testino.

Tal como establece la norma, la función de jurado “constituye un derecho y una carga pública de los ciudadanos en condiciones de prestarla” y para ser jurado se requiere: a) ser argentino, con cinco años de ejercicio de la ciudadanía en el caso de los naturalizados, y ser mayor de edad; b) saber leer, escribir, hablar y comprender el idioma nacional; c) contar con el pleno ejercicio de los derechos políticos; d) tener domicilio conocido; e) tener una residencia inmediata no inferior a los 2 años en la circunscripción judicial donde el hecho sucedió.

La ley establece también una serie de inhabilidades e incompatibilidades, así como motivos para una excusación, que no repasaremos aquí. Teniendo en cuenta los requisitos mencionados, la norma estipula que antes del 15 de octubre de cada año, el Tribunal Electoral con intervención de la Lotería del Chubut, elaborará del Padrón electoral por sorteo y en audiencia pública, una lista de ciudadanos discriminados por sexo que cumplan con los requisitos para cada una de las circunscripciones judiciales, a razón de cuatro o más jurados por cada setecientos (700) electores masculinos y femeninos empadronados en el registro general actualizado.

Previo al sorteo anual, se debe prever el número suficiente de jurados de ambos sexos que cada circunscripción judicial deberá tener de acuerdo a las proyecciones aproximadas de juicios orales a realizarse en cada distrito. La estimación se hará previendo un número mayor de jurados ante posibles depuraciones, razón por la cual el ministro Báez va a pedir esa información en los próximos días.

El sorteo de octubre para el listado de potenciales jurados, debe hacerse a través de Lotería del Chubut.

El objetivo es que el sorteo sea público y lo más transparente posible, por lo está previsto que se cursen invitaciones para presenciarlo a los Colegios de Abogados de las distintas circunscripciones, a la Asociación de Magistrados y Funcionarios, al Sindicato de Trabajadores Judiciales y a las demás entidades vinculadas al quehacer jurídico.

Una vez hecho el sorteo, se confeccionarán las listas de jurados por orden alfabético, expresando el nombre de cada persona, documento de identidad, su domicilio, profesión u ocupación habitual. Luego, cada delegación de la Oficina Judicial pondrá a disposición del público por 30 días la lista de sorteados de su circunscripción a los fines de su adecuada publicidad y control.

También se deberá publicar el listado en el Boletín Oficial, en el portal del sitio web del Estado Provincial, del Poder Judicial y del Tribunal Electoral de la Provincia. El plazo de exhibición vencerá el 30 de noviembre de cada año.

A través de la delegación de la Oficina Judicial de cada Circunscripción, antes del 20 de noviembre de cada año, se procederá a notificar en sus respectivos domicilios a cada ciudadano de la lista respectiva, haciéndole conocer que ha sido designado para desempeñarse como jurado durante el año calendario siguiente y podrá ser llamado a integrar los tribunales de esa circunscripción que se constituyan durante ese período.

El listado de jurados sorteados debe ser dado a publicidad.

Luego, las listas deberán quedar depuradas y confeccionadas antes del 15 de diciembre de cada año. Los listados deberán publicarse en el Boletín Oficial, y tendrán vigencia hasta el día 31 de diciembre del año siguiente al que fueron designados. El Superior Tribunal de Justicia, por razones de mérito, podrá prorrogar la vigencia de los listados principales por un año calendario más.

JURADO

Ante un juicio puntual, el Juez Penal, en combinación con la Oficina Judicial confeccionará a través de un sorteo, de la lista definitiva de jurados de esa jurisdicción -supongamos que el caso es en la circunscripción judicial de Esquel-, en audiencia pública y en presencia de las partes, una lista compuesta como mínimo por 36 ciudadanos, divididos en mitades por sexo, para integrar el Tribunal de Jurados correspondiente para cada juicio.

El sorteo se concretará por medio de bolillas numeradas que corresponderán al nombre de todos los jurados comprendidos en la lista definitiva. La lista de jurados para el Juicio se integrará, en partes iguales de mujeres y hombres, con los 14 primeros que surjan del sorteo, asumiendo los 12 primeros como titulares y los 2 últimos como suplentes. El resto de los jurados sorteados permanecerán afectados al proceso hasta que termine la etapa de excusaciones y recusaciones con causa.

Se aclara que, ante excepcionales circunstancias, y a solicitud de las partes, cuando un hecho hubiera conmocionado a una comunidad de tal modo que no pudiera razonablemente obtenerse un jurado imparcial, la Sala Penal o el Juez podrá disponer y modificar la competencia territorial del Tribunal, disponiendo que se realice sorteo público a fin de determinar la Circunscripción Judicial en la que se desarrollará el juicio, y que será diferente a la que se hubiese cometido el hecho que se somete a proceso.

El número de 12 jurados se toma de otros ejemplos aplicados a nivel mundial.

El tribunal de jurados se compondrá de 12 jurados titulares, un mínimo de dos jurados suplentes y un juez profesional permanente, quien actuará como presidente y dirigirá el debate, con las facultades de dirección, policía y disciplina que le acuerda este Código. El paso previo a esto es la audiencia para integrar el tribunal de jurados, que se conoce como "audiencia de voir dire", que es convocada por el juez con los 36 ciudadanos pre seleccionados por sorteo. De allí, se seleccionarán los 12 titulares, en un proceso en que interviene cada una de las partes.

Intervendrá este tipo de jurados ante casos que incluyan delitos cuya pena máxima en abstracto sean de 14 o más años de pena privativa de la libertad o si se trata de un concurso de delitos, que alguno de ellos supere dicho monto, ello conforme la calificación legal contenida en la acusación, lo que se determinará sobre la base de la acusación formulada por el fiscal o el querellante.

En cambio, para el juzgamiento de las causas criminales vinculadas a delitos dolosos cometidos por funcionarios públicos en perjuicio de la Administración Pública Provincial, los tribunales competentes se integran en forma minoritaria por vocales legos sorteados de una lista de ciudadanos que deben reunir las condiciones requeridas para ser diputados.

VEREDICTO Y VIÁTICOS

En los próximos meses, se deberá hacer un trabajo de docencia con la ciudadanía, respecto al nuevo rol que van a cumplir en este tipo de situaciones. La función del Jurado es deliberar sobre la prueba y determinar la culpabilidad o la no culpabilidad del acusado en relación al hecho o los hechos y al delito o grado del mismo por el cual éste debe responder.

Si el jurado no alcanzare la unanimidad, el juicio se declarará estancado y podrá juzgarse nuevamente ante otro jurado, siempre que no se haya obtenido la mayoría agravada de diez votos. Previamente, el juez y las partes procurarán acordar todas las medidas necesarias que permitan asistir al jurado para superar el estancamiento, tales como la reapertura de cierto punto de prueba, nuevos argumentos o alegatos de las partes o una nueva instrucción del juez.

Si el jurado continuase sin alcanzar la unanimidad o una mayoría agravada de diez votos, el juez lo declarará estancado y le preguntará inmediatamente al acusador si habrá de continuar con el ejercicio de la acusación. En caso negativo, el juez absolverá inmediatamente al acusado. En caso afirmativo, el juez procederá a la disolución del jurado y se dispondrá la realización de un nuevo juicio con otro jurado. Si el nuevo jurado también se declarase estancado, el juez absolverá al acusado. Contra esta sentencia absolutoria, tampoco habrá recurso alguno.

Ser jurado es una carga pública: hay multas por desobediencia, el empleador no te puede sancionar, y te deben pagar viáticos.

Ser convocado como jurado es una carga pública, por lo que la persona deberá abocarse en esos días exclusivamente sin consecuencias en su trabajo particular. “Los empleadores deberán conservar a sus dependientes en sus cargos mientras estén en actividad como integrantes del jurado y mantener sus relaciones laborales como si hubieran prestado servicios durante ese lapso. Gozan de plena estabilidad laboral sea privada o pública”, dice la ley.

Además, estipula que será la Sala Penal del STJ, en combinación con la Oficina Judicial la que “establecerá el alcance de lo que será abonado en concepto de viáticos por su labor, que nunca será inferior al equivalente a un día del salario de un juez penal por cada día de servicio del jurado desde la audiencia de voir dire en adelante, así como los gastos de movilidad, transporte y manutención, pudiendo excepcionalmente fijar viáticos para el caso de recurrir a jurados de distinta circunscripción a la que tramita el debate”.

Con la actual economía parece difícil establecer un monto de viáticos para 2023, pero hoy rondaría como mínimo los $ 15 mil diarios, según pudo establecer ADNSUR.

Por otra parte, se aclara que “las personas que resulten designadas para integrar un jurado y en forma maliciosa se nieguen a comparecer a la audiencia de debate, serán nuevamente notificadas bajo apercibimiento de que el incumplimiento de dicha obligación los hará pasible de una multa que en ningún caso podrá ser inferior al sueldo básico del Juez del juicio”.

CONTRA RELOJ

Corren horas decisivas para la aplicación del juicio por jurados en Chubut, y la puesta en marcha de la comisión de seguimiento por parte del STJ aceleró el proceso. Por estas horas, la ministra Camila Banfi comenzó una tarea de consulta y relevamiento con otras provincias que ya lo implementaron, como por ejemplo Mendoza –con 32 juicios- y Neuquén, que realizó otro tanto.

En estos momentos, se busca la contratación de capacitaciones por parte del Foro Patagónico de Superiores Tribunales, que podrían ser gratuitos o menos onerosos que a través de organizaciones privadas. La guía de este organismo será clave en los primeros pasos.

Según la Ley, en diciembre ya deben estar los potenciales jurados notificados a través de cédulas y definido qué casos van a juicio, por lo que luego de la feria, en febrero de 2023, ya deberían estar claras las fechas. Por ejemplo, ya hay dos casos concretos para la circunscripción de Puerto Madryn, y otros tantos para Comodoro Rivadavia.

En Rawson, la Oficina Judicial dispone de una sala de audiencias que antiguamente era el garage de una casa. Debe analizarse si alcanza para un juicio por jurado.

Mientras tanto, ya se van analizando con cada Oficina Judicial los espacios físicos en cada zona de la provincia, porque hoy no se cuenta con lugares preparados para este tipo de juicios: habrá que hacer adaptaciones y ver que reúnan, además de la comodidad de espacio, la logística para audio e internet, las condiciones de seguridad, y el transporte.

Algo que se analiza seriamente es no aislar a los jurados durante el juicio, como se hace en los Estados Unidos, ya que “en otras provincias se aplicó encerrar como el Gran Hermano y no funcionó”, dijo una de las fuentes consultadas. En cambio, en Córdoba se aplica que los jurados se retiran a sus casas, y hasta aquí ha dado muy buen resultado.

En todo este lapso, se piensa en difundir manuales para el ciudadano que ya se utilizan en otras provincias, y sumar a los municipios para contarle a la gente qué debe hacer si le llega una cédula de notificaciones. Todo esto debe estar calculado con los contadores del Poder Judicial, que deben presupuestarlo para el año próximo.

En los últimos días, Camila Banfi asistió a un simulacro de juicio por jurados en la Universidad Nacional de la Patagonia en Trelew, invitada por el profesor Jorge Benesperi. Dijo que “la experiencia fue muy buena, se hizo con vecinos de Trelew, y la participación de alumnos del taller de litigación. Demostró que es posible hacerlo” y se fue entusiasmada con lo vivido.

Simulacro de juicio por jurado en la UNPSJB en Trelew.

La implementación del juicio por jurado es una tarea de gran responsabilidad, en la que hay mucho en juego, porque ya de por sí el Poder Judicial tiene una pérdida de credibilidad importante entre la ciudadanía, y es todo un desafío incluir a los vecinos para que se sientan parte en las decisiones. Si la experiencia sale mal de entrada, será catastrófico para el sistema. Será una tarea de aprendizaje para todos, que deberá aplicarse de manera gradual.

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