Esta semana que comienza será la última chance para terminar de aclarar el rompecabezas de las listas de candidatos, previo al inicio de la campaña electoral de las elecciones provinciales, que será el próximo viernes. Todo quedará en manos del Superior Tribunal de Justicia, que deberá resolver urgente una serie de puntos que fueron apelados ante decisiones de los tribunales electorales.

Este viernes 30 de junio es además la fecha prevista por el cronograma electoral para la presentación de los modelos de boleta, por lo que todo debe estar definido antes de esa fecha: no hay tiempo luego para dar marcha atrás con algún nombre o alguna foto.

Por esa razón, el pleno de la corte provincial está convocado para este lunes, para comenzar a trabajar urgente en las sentencias, que podrían a lo sumo demorarse hasta el martes, no más de eso. Quienes van a resolver la cuestión de fondo serán cinco ministros, excluida Camila Banfi por ser la presidenta del Tribunal Electoral Provincial.

Lo harán luego de sendos dictámenes que ante cada caso deberá realizar el Procurador General Adjunto, Emilio Porras Hernández. Los cinco miembros del STJ son Daniel Báez, Alejandro Panizzi, Mario Vivas, Ricardo Napolitani y Silvia Bustos.

Los 5 del STJ: Báez, Bustos, Napolitani, Panizzi y Vivas.

Concretamente, deberán analizar cuatro casos específicos: uno, es la apelación de Juntos por el Cambio al impedimento de llevar listas de adhesión en siete municipios; y los otros tres, están vinculados a candidaturas que fueron impugnadas, como las de Laura Mirantes como vicegobernadora del PLICH; Vanesa Peruzzotti como viceintendenta de Puerto Madryn en Juntos por el Cambio; y el caso de Iván Fernández como candidato a intendente de Lago Puelo por el PTO.

El más avanzado, porque el trámite ya estaba en manos de Porras Hernández el viernes, es el referido a las listas de adhesión, más conocidas como “colectoras”. Repasemos, uno por uno, los casos en discusión, que pueden ser claves en el resultado final del próximo 30 de julio en varios municipios y a nivel provincial.

Adhesiones

La polémica por las llamadas listas de adhesión fue anticipada por esta columna el día después del cierre de listas, por lo que dejamos el link para no repetirnos. Allí explicamos la legislación que fue tomada en cuenta respecto al momento de adherir listas municipales a las categorías provinciales y dejamos planteado el punto de conflicto.

Esto después tuvo su correlato en la decisión del TEP de permitir a los candidatos del frente Arriba Chubut en 12 localidades con postulaciones municipales del Partido del Trabajo y el Pueblo, pero no oficializar las 7 listas que buscaban ir adheridas a las categorías provinciales de Juntos por el Cambio.

Consiste en un sistema que en la práctica funciona como una colectora, como lo llamamos en una nota posterior con el detalle de cada uno de los nombres, una denominación popular que luego salió a aclarar la secretaria del tribunal que no es tal cosa. Lo que allí adelantábamos es que ambas fórmulas provinciales pretenden llevar colectoras, en eso no tienen diferencias.

Se trata de una discusión semántica: las “colectoras” están prohibidas en la ley nacional, pero la ley provincial habilita las “adhesiones”. En la práctica es lo mismo: en el cuarto oscuro, el votante encuentra boletas repetidas a gobernador y diputados, con diferentes candidatos municipales.

Las fórmulas que quieren listas de adhesión: Torres-Menna y Luque-Sastre.

Tanto barullo tiene una explicación que nos hemos cansado de repetir, porque es una exigencia histórica y no resiste más análisis el hecho de que Chubut sea la única provincia en todo el país (una vergüenza institucional de la dirigencia política) en no contar con un Código Electoral propio.

Ante tanta confusión legal, se cruzan decretos y reglamentaciones, tanto nacionales como provinciales que, sumados a las cartas orgánicas locales, marean a todos. Nada de esto pasaría si las elecciones fueran en simultáneo con las nacionales, porque la autoridad de aplicación sería la Secretaría Electoral del juzgado federal de Rawson de acuerdo a las leyes electorales nacionales.

Pero este combo de adelanto de fecha, eliminación de las PASO con regreso a internas tradicionales, poco tiempo previo de armado, juntas electorales y tribunales en muchos casos inexpertos, arroja como resultado un estado general de caos en el que a pocos días del inicio de la campaña, no se sabe a ciencia cierta las listas de candidatos.

Argumentos

De este modo, el STJ deberá resolver la apelación de los apoderados de la lista de Ignacio Torres y Gustavo Menna, quienes hablaron de “trampas” y de “cancha inclinada”, y afirmaron “hoy nuestra provincia está dando el peor ejemplo de democracia de los últimos años. Como no pudieron imponer la Ley de Lemas, impusieron las colectoras. Es un intento desesperado porque ya no saben cómo hacer para recuperar la confianza que la gente perdió en ellos”.

Esto tuvo rebote nacional en las figuras del espacio: los dos precandidatos presidenciales, Horacio Rodríguez Larreta y Patricia Bullrich, salieron a respaldar a Torres y Menna y a denunciar una maniobra del oficialismo para “perpetuarse en el poder”.

Bullrich y Larreta se hicieron eco en sus redes del caso colectoras en Chubut.

Desde lo legal, en el argumento los apoderados sostienen que el decreto de 2015 que se aplica, ya quedó en desuso al eliminarse las primarias, por lo que la instancia de las adhesiones correspondía una vez que estuvieran definidos los candidatos luego de las internas.

“Si el TEP habilitó las colectoras para un frente las debe habilitar para todos, es un principio de igualdad ante la ley” informó a ADNSUR uno de los referentes; y agregó que “el artículo de la ley que citan no tiene que ver con la presentación de listas, sino de acuerdos de frentes electorales”.

“Si no hay una norma expresa que hable del plazo concreto por este tema, no pueden aducir una norma con un plazo que no es tal para sostener un rechazo”, es el planteo que deberán analizar los 5 ministros de la corte.

¿Fórmula en juego?

Respecto a las candidaturas que están en duda hasta el momento porque no fueron oficializadas, se trata de tres casos puntuales: Laura Mirantes como vicegobernadora por el PLICH; Vanesa Peruzzotti como viceintendenta de Puerto Madryn en Juntos por el Cambio; e Iván Fernández como candidato a intendente de Lago Puelo por el PTP.

En el primer caso, Mirantes (compañera de fórmula de César Treffinger) fue impugnada por un policía retirado, con el argumento de que viola la legislación que le impide el ejercicio de su profesión de policía con el ejercicio simultáneo de un cargo público.

Esto se basa en el artículo 66° bis de la Ley XII N°9 de Partidos Políticos, que reza en el punto 4 que “no podrán ser candidatos a cargos públicos electivos ni ser designados para ejercer cargos partidarios”, quienes integren “el personal superior y subalterno de las Fuerzas de Seguridad de la Nación y de las provincias, en actividad o retirados llamados a prestar servicios”.

Laura Mirantes es integrante de la fuerza policial chubutense, y se plantean objeciones legales a su candidatura.

El caso es complejo, porque el artículo habla directamente de “candidaturas” y más allá del pedido de licencia sin goce de haberes que adjunta Mirantes, se trata de un análisis constitucional que harán los ministros de la corte.

A diferencia de una candidatura legislativa, donde puede haber corrimientos en las listas y de hecho los ha habido, en la integración de una fórmula la situación indica que, si Mirantes no llegara a ser habilitada, se daría un plazo sumarísimo a Treffinger para buscar un nuevo integrante del binomio.

Si esto no ocurriera, el PLICH directamente se quedaría sin candidatos en la categoría gobernador y vicegobernador, porque se caería la fórmula completa.

Es increíble que el tema esté agarrado con alfileres apenas a cinco días de la presentación del modelo de boleta, pero es una muestra más de este proceso electoral que vive Chubut.

Casos municipales

En el caso de Vanesa Peruzzotti, la candidatura de la compañera de fórmula de Daniel Laudonio en Puerto Madryn fue rechazada por el Tribunal Electoral Municipal por entender que no acreditó los años de residencia en la ciudad para el cargo.

Se trata de una discusión que ya se dio en el caso de Treffinger y fue solucionada en el ámbito del TEP, por aplicar el criterio que diferencia residencia de domicilio  -que ya hemos explicado-y que permite analizar otro tipo de pruebas además del DNI para acreditar la residencia.

Se entiende que los miembros del STJ podrían aplicar la misma lectura que el TEP en el caso anterior con nueva documentación acercada por los apoderados de Juntos por el Cambio y no habría inconvenientes para su oficialización.

Respecto a la situación de Iván Fernández, su candidatura a intendente de Lago Puelo por la lista “Techo, Tierra y Trabajo” fue rechazada por el Tribunal Electoral Municipal en una resolución que no expone argumentos, pero que se entiende, apunta a la prohibición de la Carta Orgánica de ser ejercer cargos públicos a quienes tengan procesos o condenas en su contra.

La apelación de Fernández -quien busca ir adherido a la boleta de Luque y Sastre- expresa que su condena fue cumplida y fue rehabilitado por la justicia porque nunca hubo dolo, ni perjuicio económico al municipio, y que busca ser borrado por el resto de los partidos porque “tienen miedo de enfrentarnos en las urnas”.

Este resumen de las polémicas es una muestra de la importancia de la semana que se avecina: todavía no está claro el mapa de candidaturas para el 30 de julio en Chubut, y el Superior Tribunal de Justicia tendrá la última palabra.

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