El aguinaldo de fin de año, sin dudas, es un extra que viene a saldar deudas, a pagar los regalos de fin de año o incluso para las vacaciones de verano. Por lo que su fecha de pago siempre genera expectativa. 

Es que, si bien cada empresa puede pagarlo en fechas distintas, la fecha límite para hacerlo es a más tardar el 18 de diciembre, según la ley 27.073.

Sin embargo, este plazo puede  extenderse hasta cuatro días hábiles, y por ejemplo, en este año la  fecha límite será el 24 de diciembre, inclusive.

¿Y cómo se calcula?  El monto a pagar es equivalente al 50% (la mitad)  de la mayor remuneración mensual por todo concepto dentro del semestre en que se liquida. Para ese cálculo, se tienen en cuenta las horas extra y se excluye todo lo “no remunerativo”.

La fecha límite es el 18 de diciembre, pero puede extenderse hasta el 24.
La fecha límite es el 18 de diciembre, pero puede extenderse hasta el 24.
TN

Por lo que: sobre el mejor sueldo bruto, se hacen los descuentos de jubilación y obra social, entre otros, y así se llega a la suma “neta” o de bolsillo.

En el caso de tener menos de un año trabajando,  se abonará de acuerdo con los meses trabajados, en el caso de los trabajadores con  menos de un año de antigüedad. Existen dos fórmulas para calcularlo:

🔸 Dividir el mejor sueldo recibido en el tiempo trabajado por 12 y multiplicar el resultado por los meses trabajados.

🔸 Multiplicar los meses trabajados por la mitad (50%) del mejor salario mensual y luego dividir ese resultado por seis.

Con información de TN, editada y redactada por un periodista de ADNSUR

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