El trámite obligatorio que deben realizar todos los monotributistas para mantener su situación fiscal al día
En 2025, todos los monotributistas deberán cumplir con un trámite esencial para actualizar sus datos fiscales y evitar posibles sanciones. Este procedimiento busca optimizar el control tributario y asegurar el cumplimiento de las obligaciones fiscales de los contribuyentes.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) anunció que, en 2025, todos los monotributistas deberán llevar a cabo un trámite fundamental para mantener su situación fiscal en regla: la recategorización.
Este procedimiento es obligatorio y tiene como objetivo actualizar la categoría del monotributo según los ingresos anuales de cada contribuyente, mejorando así el control tributario y garantizando el cumplimiento de las obligaciones fiscales.
La recategorización ayudará a evitar irregularidades y posibles sanciones, ya que ARCA intensificó los controles tributarios para asegurar que todos los monotributistas cumplan con sus responsabilidades fiscales.
QUIÉNES DEBEN HACER LA RECATEGORIZACIÓN EN 2025
Todos los monotributistas están obligados a realizar este trámite, salvo en los siguientes casos:
- Aquellos que no hayan tenido modificaciones en los parámetros de su categoría actual.
- Los contribuyentes con menos de 6 meses de actividad.
- Para aquellos con menos de 12 meses inscriptos, el cálculo de la categoría se realiza de manera proporcional, tomando la facturación total, dividiéndola por los meses trabajados y multiplicando por 12 para estimar los ingresos anuales.
LAS DOS MANERAS PARA REALIZAR LA RECATEGORIZACIÓN
- Recategorización tradicional: El contribuyente deberá ingresar manualmente su información de facturación anual.
- Recategorización simplificada: El sistema mostrará la facturación anual registrada y permitirá confirmar o modificar la categoría sugerida.
Este trámite es clave para evitar sanciones, ya que ARCA ha intensificado la supervisión para asegurar que los monotributistas mantengan sus obligaciones fiscales al día.
CUÁLES SON LAS NUEVAS ESCALAS DE FACTURACIÓN DESDE FEBRERO DE 2025
- Categoría A: Hasta $7.813.063,45
- Categoría B: Hasta $11.447.046,44
- Categoría C: Hasta $16.050.091,57
- Categoría D: Hasta $19.926.340,10
- Categoría E: Hasta $23.439.190,34
- Categoría F: Hasta $29.374.695,90
- Categoría G: Hasta $35.128.502,31
- Categoría H: Hasta $53.298.417,30
- Categoría I: Hasta $59.657.887,55
- Categoría J: Hasta $68.318.880,36
- Categoría K: Hasta $82.370.281,28
De esta manera, los monotributistas deberán tener en cuenta estas escalas al momento de realizar la recategorización para estar alineados con los nuevos parámetros.
Con información de TN, redactada y editada por un periodista de ADNSUR
