Hay una deuda que está vigente, en concepto de un canon por cada pozo ubicado en el ejido urbano -detalló el jefe comunal-. Si bien hubo un acuerdo para eximir del pago de ese canon a la operadora, aprobado por el Concejo Deliberante, en realidad ese canon sigue vigente y fue aprobado recientemente en la Ordenanza Tributaria Anual 2025, por lo que corresponde que se cancele la deuda acumulada desde el año 2014 en adelante”.

Aunque el intendente prefirió no hablar de cifras específicas, al expresar su convencimiento de que el tema será resuelto en breve, en diálogo con ADNSUR divulgó el 11 de diciembre último que la expectativa del área de Recaudación es recuperar una cifra que superaría los 2 millones de dólares. 

Ante la consulta de si, el municipio, podría establecer una demanda judicial para que la operadora abone el monto reclamado, Macharashvili se limitó a responder que “vamos a hacer todo lo que sea necesario para recuperar esta acreencia que corresponde al municipio”.

Macharashvili: “La deuda que se le reclama a YPF no va a frenar el proceso de traspaso ni el inicio de operaciones de PECOM”
Foto: Energyreport

Con relación a la expectativa expresada desde el sindicato Petrolero Chubut, para que el intendente avale el acuerdo ya firmado por el traspaso de áreas entre YPF y PECOM, el titular del ejecutivo dijo la operación de traspaso no se verá afectada por el reclamo del municipio.

“De hecho ya hemos certificado que en diciembre, la empresa Enap pagó al municipio más de 600 millones de pesos, que era la parte que le correspondía por el acuerdo transaccional y hemos entregado esa certificación -aseguró-. Pero lo que está pendiente de pago es el canon, que ha estado vigente todos estos años y que no fue abonado, no sé por qué no lo cobraron las gestiones anteriores”.

En ese marco, el intendente confió en que la situación no debería provocar conflictos en el proceso de traspaso, que ya ha sido oficializado por la provincia, con la publicación el Boletín Oficial del decreto que autoriza el traspaso. 

“PECOM ha accedido a estas áreas porque quiere volver a ser operador petrolero, con expectativas de crecimiento -indicó-. Nadie puede pensar que porque el municipio reclame lo que le corresponde se pueda poner en riesgo todo el acuerdo”.

EL ANTECEDENTE DEL CANON Y EL ACUERDO DE LA PILETA Y EL GIMNASIO NÚMERO 4

Hay que remontarse hasta el año 2013 para recordar el litigio que había entre el municipio de Comodoro y la operadora YPF, cuando el primero reclamaba a la compañía el pago del impuesto conocido como ‘VDEPIM’ (Valor de Pérdida de Ingresos Municipales). Con un juicio que llegó a la Corte Suprema de Justicia, las partes acordaron una compensación firmada por el entonces intendente, Néstor Di Pierro y el ex presidente de la compañía, Miguel Galuccio.

Como consecuencia de ese acuerdo, la petrolera construyó el gimnasio número 4, en km. 8 y la pileta de la avenida Polonia, además de otras obras comunitarias, en compensación por el tributo reclamado; y se resolvió además eximir del pago del canon por cada uno de los 1.300 pozos ubicados en el ejido urbano. 

La petrolera construyó el gimnasio número 4, en km. 8 y la pileta de la avenida Polonia.
La petrolera construyó el gimnasio número 4, en km. 8 y la pileta de la avenida Polonia.
Foto: El Patagónico

En cambio, a través de un acuerdo transaccional, se convino que la compañía abonaría un monto equivalente al 1% de las inversiones petroleras desarrolladas en las áreas que involucran al ejido urbano, específicamente la denominada ‘Campamento Central’, donde YPF nació más de 100 años atrás. 

Dicho convenio fue ratificado por la ordenanza 11.461 de febrero de 2014. Por ese acuerdo, la operadora sí ha cumplido con el pago, al igual que ENAP, su socia en el área central, con una reciente cancelación por parte de la compañía chilena, de un monto adeudado por 658 millones de pesos, por una deuda acumulada desde 2017.

Ahora, el reclamo se origina porque en realidad aquella ordenanza de ratificación del convenio no es suficiente para eliminar el canon por cada pozo, que está establecido en el código tributario municipal y es ratificado cada año, al momento de tratar la ordenanza anual que fija las tasas e impuestos.

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