Confirmaron la condena a tres años de prisión a “Chatran” Hernández por seis estafas
Los jueces emitieron la resolución del fallo, luego que la semana pasada se realizara la audiencia de impugnación ordinaria de sentencia por solicitud de la defensa del condenado.
Este jueves al mediodía los jueces de la Cámara en lo Penal local emitieron la parte resolutiva del fallo, luego que la semana pasada se realizara la audiencia de impugnación ordinaria de sentencia por solicitud de la defensa del condenado en primera instancia César “Chatran” Hernández.
Los jueces de la Cámara en lo Penal confirmaron en todas sus partes la condena a 3 años de prisión efectivos por los 6 hechos de estafas, en concurso real; y por mayoría confirmaron la declaración de reincidencia por primera vez.
Cabe recordar que en junio del presente año Hernández fue condenado a la pena de tres años de prisión de cumplimiento efectivo y declaración de reincidencia por primera vez por resultar responsable penalmente del delito de “Estafa simple, seis hechos, en concurso real”, en calidad de “autor”.
Dicha resolución fue atacada por el defensor ante la Cámara en lo Penal solicitando se “revoque el decisorio propiciando la absolución total y definitiva de Hernández por la totalidad de los hechos por los que fuera llevado a debate y subsidiariamente se modifique la pena impuesta en la sentencia en crisis propiciando la aplicación de una menor, sin la declaración de reincidencia”.
En contraposición la fiscal requirió se rechace la impugnación ordinaria planteada por la defensa y se confirme la sentencia condenatoria en contra de Hernández.
El tribunal de la Cámara en lo Penal estuvo conformado por Martín Montenovo, Daniel Pintos y César Zaratiegui, jueces penales de Cámara; el Ministerio Público Fiscal fue representado por María Laura Blanco, fiscal general; en tanto que la defensa de Hernández fue ejercida por Mauro Fonteñez, abogado particular del mismo.
Hernández participó de la audiencia por videoconferencia ya que se encuentra cumpliendo prisión preventiva en la ciudad Autónoma de Buenos Aires, en conjunto en la presente causa y en otra en CABA.
LOS HECHOS
Los hechos juzgados acontecen entre el 30 de marzo de 2019 y el 11 de octubre de 2020. Hernández utilizaba distintas modalidades en función del tipo de bienes que ofrecía a la venta. Estas modalidades tenían puntos en común, como conversaciones por Messenger y luego por WhatsApp.
Se acreditó que la modalidad en este período de tiempo consistía en publicaciones de Facebook, donde ofrecía elementos a la venta, las víctimas se contactaban, pactaban la forma de entrega y siempre exigía adelantos en dinero y que los mismos sean abonados en una cuenta bancaria a su nombre. Pero la entrega nunca llegaba. Hernández creaba distintos perfiles de Facebook con nombre falso donde a veces simulaba ser el encargado de un corralón de materiales para la construcción. Otras veces simulaba ser un vendedor de cubiertas de autos, y en otros de venta de celulares, por medio del cual inducía al engaño a las víctimas ya que la oferta era inexistente.