Hace años no pagaba la cuota alimentaria y se negó a que sus hijos no viajen al exterior: la Justicia lo puso en su sitio
El progenitor, que no paga la cuota alimentaria desde hace seis años, se negaba a firmar los permisos de viaje al exterior. La Justicia intervino para garantizar los derechos de los menores.
En Cipolletti, la Justicia de Familia autorizó a una madre a viajar al exterior con sus cuatro hijos, tras la negativa del padre a firmar los permisos correspondientes. El progenitor tampoco cumplió con la cuota alimentaria ni ha tenido contacto con los menores en los últimos seis años. La madre decidió acudir a la vía judicial para resolver la situación y poder ejercer los derechos de sus hijos.
A pesar de múltiples intentos del Poder Judicial para localizar al padre, este no respondió a las notificaciones ni a los edictos publicados. Ante su ausencia prolongada y su desinterés manifiesto, se designó a una Defensora de Ausentes para garantizar el proceso legal.
El fallo del tribunal permitió a la madre salir del país con los menores, en defensa del interés superior de los niños, principio consagrado en la Convención sobre los Derechos del Niño. Según esta normativa, los derechos de los menores deben prevalecer en situaciones de conflicto con alguno de los progenitores, especialmente cuando uno de ellos se desentiende de sus obligaciones legales y personales.
La abogada de la defensa pública, quien representa a la madre, argumentó en la solicitud judicial que la negativa del padre a firmar los permisos impedía a los niños disfrutar de vacaciones y experiencias en el exterior. Además, se expuso que el progenitor no brindó ningún tipo de asistencia económica ni emocional durante años. Por esto, la intervención del fuero de Familia fue necesaria para proteger los derechos de los menores.
El tribunal autorizó a la madre a realizar viajes temporales al exterior con sus hijos hasta que cumplan la mayoría de edad. En caso de no poder acompañarlos en algún viaje, también se le permitió designar a otra persona para hacerlo. Sin embargo, el fallo no habilita una mudanza permanente al extranjero, dejando en claro que la medida está limitada a viajes ocasionales.