La insólita pena que le dieron al padre del niño que murió al quedar encerrado en un auto
La resolución considera que el hombre ya sufrió un daño irreparable por la tragedia, lo que hace innecesario aplicar una condena penal.
La medida fue tomada por el Ministerio Público Fiscal de Neuquén, con el fiscal Andrés Azar a cargo del caso. La resolución se fundamenta en el artículo 106 inciso 3 del Código Procesal Penal, que permite evitar sanciones cuando el imputado sufrió un daño físico o moral grave que vuelva desproporcionada la aplicación de una pena.
El trágico episodio que conmocionó a la comunidad ocurrió sobre calle Chrestia al 550, a principios de este año. De acuerdo con la reconstrucción de los hechos, el padre debía llevar al niño al jardín de infantes, pero, al estacionar su vehículo, se dirigió directamente a su trabajo y olvidó que el menor estaba en el asiento trasero.
Las cámaras de seguridad de la zona confirmaron que el menor permaneció en el interior del vehículo desde las 9 hasta las 15 horas, expuesto al calor y sin ventilación. Fue su madre quien, al salir de su trabajo, lo encontró desvanecido y con signos visibles de insolación.
La Policía intentó reanimarlo con agua en el lugar y luego lo trasladaron a una clínica privada, aunque finalmente fue derivado a otro centro médico. El niño presentaba severo daño neurológico por el encierro, y tras nueve días en terapia intensiva, falleció.
En su resolución del 10 de octubre, el fiscal Azar señaló: “El acusado es el responsable de la muerte de su hijo, aunque no fue una acción deliberada ni buscada, sino el resultado de un acto de negligencia". Tras evaluar declaraciones de testigos y personas cercanas al entorno familiar, el fiscal concluyó que "una sanción penal sería injusta", considerando las consecuencias emocionales que el padre ya enfrenta.
Azar explicó que la aplicación de esta salida alternativa se enmarca en los Criterios de Oportunidad del Código Procesal Penal neuquino, que permiten evitar procesos judiciales en situaciones donde la pena resultaría excesiva.
“Según el criterio de diferentes autores del caso, el padre ya ha sido suficientemente castigado por las repercusiones de su accionar”, concluyó el fiscal. La resolución no implica prisión ni otro tipo de condena, sino que reconoce que la pérdida sufrida es castigo suficiente.
Con información de TN, bajo supervisión y edición de un periodista de ADNSUR.