La Cámara en lo penal de Comodoro resolverá el próximo martes 25 si confirma o no la condena contra Sergio Britos, el colectivero que atropelló y mató a Amanda Lidia González, en un caso que conmocionó a la ciudad hace más de cuatro años.

Este martes a la mañana se realizó la audiencia de impugnación de la sentencia, solicitada por la defensa de Britos. Según informó el Ministerio Público Fiscal, el defensor afirmó que la sentencia de primer grado a tres años de prisión en suspenso fue arbitraria y pidió la absolución de su asistido.

En contraposición, la fiscal requirió no se haga lugar a la impugnación y se confirme en todos sus términos la sentencia condenatoria en contra de Britos.

Finalmente, los jueces de Cámara pasaron a deliberar y el próximo 25 de febrero darán a conocer la parte resolutiva del fallo.

La audiencia se realizó de forma semipresencial ante los jueces de Cámara: Mónica García, Martín Montenovo y (por videoconferencia desde Madryn) Flavia Trincheri. El Ministerio Público Fiscal fue representado por Cecilia Codina, fiscal general; en tanto que la defensa de Britos fue ejercida por el abogado José María Ferreira de las Casas.

El defensor afirmó que la sentencia condenatoria contra de su asistido “solo se sustenta en la voluntad del juzgador” y “es un caso típico de arbitrariedad”.

Como argumento, sostuvo que la sentencia se basa en que “el impacto fue con la parte frontal izquierda y esto soslaya el hecho que el perito accidentológico y el registro fotográfico sostienen que no fue con su parte frontal izquierda”.

Ferreira de las Casas afirmó que la hipótesis que el impacto fue con la parte frontal izquierda es inviable, ya que el colectivo avanza hacia adelante o hacia atrás y no hacia el costado. 

Además, señaló que el chofer tenía un punto ciego lo cual tornó imposible que advirtiera la presencia de la víctima. Por todo ello el defensor solicitó la absolución de su asistido.

En contraposición la fiscal Codina sostuvo que la sentencia condenatoria en contra de Britos “fue debidamente fundada en la lógica y ajustada a derecho”

En ese sentido, sostuvo que para ello se tuvo en cuenta la prueba testimonial, el informe fotográfico, la pericia criminalística, los videos y el informe de autopsia.

CÓMO FUE EL SINIESTRO TRÁGICO

El trágico episodio ocurrió el 23 de julio de 2021, alrededor de las 10, cuando Britos conducía una unidad de colectivos marca Mercedes Benz en dirección sur-norte por Avenida Tehuelche. En ese momento, Brito comenzó a doblar hacia la izquierda para introducirse en la calle Lángara, una intersección urbana sin semáforo.

Fue en esas circunstancias que González, quien caminaba de sur a norte, comenzó a cruzar a pie. Cuando la mujer ya había iniciado el cruce de la calle y se encontraba aproximadamente a la mitad del ancho de la calzada, fue embestida por Britos, quien no detuvo la marcha e impactó contra la víctima, quien murió en el acto.

El tribunal que condenó a Britos a tres años de prisión en suspenso consideró que el hecho fue producto de la conducción imprudente e inobservante de los deberes de cuidado por parte del chofer del colectivo, quien debía detener la marcha y ceder el paso al peatón.

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