Polémico planteo del fiscal del caso Tino John: pide el sobreseimiento del único imputado
Según la resolución, el policía Luis Moggiano hizo un único disparo luego de que la víctima disparara cuatro veces con su carabina, desde la planta alta de su vivienda en un paraje chubutense.
El fiscal Carlos Díaz Mayer rechazó el pedido impulsado por la familia de Martín Alejandro ‘Tino’ John, quien fue ultimado por efectivos del GEOP el 27 de mayo de 2021, en circunstancias que derivaron en una investigación por homicidio. Ahora, el titular de la investigación pidió el cierre de la causa, con el argumento de que los policías “cumplieron con los deberes inherentes a su cargo”.
La investigación por los hechos que derivaron en la muerte de Tino John, motivó incluso un pedido unánime del Senado de la Nación el año pasado, para que la justicia de Chubut lleve a fondo la investigación. Fue a partir de un pedido de los senadores Edith Terenzi e Ignacio Torres.
Paralelamente, el caso motivó la intervención de la Asamblea Permanente de Derechos Humanos (APDH) del país, que se constituyó como querellante en el caso, para acompañar a la esposa de la víctima, Claudia Costa Bastos, en su reclamo de justicia.
El organismo apunta también contra el protocolo de uso de armas dispuesto en la provincia del Chubut, creado por el ex ministro de Seguridad, Federico Massoni.
La intervención policial contra John se inició luego de que vecinos lo denunciaron por haber realizado disparos al aire el día anterior al fatal desenlace, para ahuyentar a los integrantes de un vehículo que merodeaban su campo, en días en que se había desatado una serie de usurpaciones, tras el incendio desatado el 9 de marzo de 2021.
La familia sostiene además que la víctima sufría un padecimiento psiquiátrico, que se vio agravado por el devastador fuego desatado en aquella oportunidad, que arrasó campos y viviendas de la zona.
A partir de la denuncia de vecinos, el 27 de mayo se presentó el GEOP en un operativo destinado al “secuestro de armas” y que no siguió ningún protocolo para personas afectadas en su salud mental, según denunció la familia.
La esposa negó además que el hombre estuviera armado o hubiera llegado a oponer resistencia frente a la desproporcionada intervención policial. Desde el ámbito oficial se dio el argumento opuesto, a afirmar que John disparó con su arma para repeler la llegada de los policías.
PARA EL FISCAL DE LA CAUSA, LA POLICÍA "CUMPLIÓ CON SU DEBER"
Recientemente, la esposa de la víctima junto a los abogados querellantes de la APDH había solicitado que se ampliara la imputación, que hasta ahora involucra a un solo efectivo policial, sindicado como el autor material de los disparos que acabaron con la vida de John.
Sin embargo, el fiscal Díaz Mayer no sólo rechazó ampliar la acusación, sino que también pidió el sobreseimiento del único imputado en la causa, el policía integrante del GEOP Luis Moggiano, autor del disparo que acabó con la vida de John.
En su fundamentación, el fiscal relata que la víctima se atrincheró en la planta alta de la vivienda y desde allí efectuó al menos 4 disparos con su carabina, a través del hueco de la escalera, cuando uno de los oficiales del grupo de asalto, a cargo de la negociación, intentaba dialogar con él. En esa circunstancia, cuando John asomó para efectuar un quinto disparo, Moggiano “hizo un único disparo de la pistola reglamentaria que portaba”, impactando en la frente de la víctima, que fallecería instantes después.
“El Sargento Primero Luis Américo Moggiano, obró de acuerdo al cumplimiento del deber que le imponía su estado policial, en cumplimiento de una orden judicial –afirma el fiscal Díaz Mayer-, en su función de escudero del grupo especial de operaciones, por lo que debía velar por su integridad física y la de sus compañeros”.
Según el fiscal, por la posición que ocupaba en la planta baja y frente a la necesidad de repeler la agresión de John, no tenía opción de disparar a otra parte del cuerpo de la víctima que no fuera al cráneo.
“El grupo policial, con él cómo primer escudero, debía subir la escalera y neutralizar a John, fue allí en el primer peldaño de la escalera, cuando Moggiano, le asestó el disparo al único espacio de tiro que daba desde esa posición –añade la resolución-, hacia el sitio donde se encontraba el agresor, que estaba disparando contra él”.
“El uso de fuerza es necesario cuando se encuentran en juego la vida de otras personas o de la persona integrante de las fuerzas de seguridad”, añadió.
“El disparo letal constituye, en definitiva, un proceder especialmente drástico, pero (subjetivamente) exigible –dice otro de los argumentos-, allí donde la salvaguarda de intereses fundamentales exija acabar con la vida de quien provoca la situación dilemática”.
En base a estos fundamentos, el fiscal concluye que no hay motivos para acusar a Moggiano, por lo que solicita su sobreseimiento, rechazando además los pedidos de los querellantes para imputar a otros 3 policías.
LOS HECHOS VISTOS DESDE LA OPTICA DE LA ESPOSA DE JOHN
Durante los incendios desatados el 9 de marzo de 2021, el campo de John y su pareja, Claudia Costa Bastos, sufrió la pérdida de un galpón y alambrados que cercaban sus tierras.
“Ya habían comenzado los intentos de usurpación y Tino estaba muy nervioso, lo que le afectaba la salud –relató la señora, en una entrevista publicada por ADNSUR en septiembre del año pasado-. El día 26 llegó un auto con dos sujetos para ocupar las tierras y él disparó dos veces al aire, para espantarlos y se fueron. Unos vecinos denunciaron lo ocurrido, aunque estaban lejos y no vieron bien lo que pasó, porque son chacras y hay más de 300 metros de distancia”.
A raíz de esa denuncia, al día siguiente se presentó el GEOP en la propiedad de la familia. “Dijeron que iban a hacer un allanamiento y los hijos mayores de Tino les advirtieron que estaba mal, les pidieron que actuaran según la ley de Salud Mental, con un psiquiatra. Pero en vez de eso, rompieron la puerta, entraron 20 tipos que me ataron y a Tino, que estaba en la parte de arriba de la casa, lo mataron, así de simple”, dijo la señora, entre sollozos.
Luego contó que estuvo 40 minutos en esa situación sin que nadie le informara lo que había pasado, “mientras me torturaban psicológicamente”, y que escuchó por uno de los equipos de comunicación que “tenían que confirmar el deceso: así me enteré de lo que hicieron”.
En ese momento, Costa Basso negó que el hombre hubiera hecho disparos para defenderse de la policía o que se hubiera resistido, ya que el ingreso de la policía fue en pocos segundos, con bombas de estruendo u otro tipo de artefacto, en el que se oyeron disparos y luego todo quedó en silencio.
“Tino estaba limpiando con un ayudante los árboles quemados y todo lo que dejó el incendio, cuando los vio llegar fue hacia arriba y a mí me agarraron y me ataron”, relató la mujer, quien cuestionó que la apertura de investigación se realice un año y 3 meses después de los hechos.
“La escena del crimen fue totalmente alterada, porque la policía tuvo 40 minutos para hacer lo que quiso –describió-. Esto lo determinó un perito que contraté por mi cuenta”, agregó. Recordó que había hecho un pedido formal para que se aparte de la investigación a la policía y funcionarios judiciales que intervinieron el primer día, pero ese planteo fue ignorado.