El fiscal Martín Cárcamo anticipó este lunes que impugnará el veredicto del jurado popular en el juicio por el homicidio de Emiliano Avila, el estudiante de ingeniería que fue asesinado cuando caminaba por una vereda de La Loma. El imputado, Jorge Barberis, fue declarado penalmente responsable por el delito de homicidio culposo, lo que significa un alivio al acusado.

“El cambio de calificación legal lo que hace es disminuir considerablemente la pena. El jurado no da las razones por las que llega a esa conclusión, pero ha entendido, de acuerdo con lo postulado por la defensa, que este hecho es atribuible sólo a título de culpa, que es el uso negligente o imprudente del arma de fuego que causó la muerte a Emiliano Avila”, detalló el fiscal Cárcamo, en diálogo con Actualidad 2.0.

La audiencia de cesura de pena está prevista para este martes, 2 de julio, instancia en la que las partes debatirán el monto de la pena a aplicar. Sin embargo, la sentencia podría exceder poco más de 5 años de prisión (por el agravante de uso de arma de fuego), ya que ese ese el monto máximo para el tipo de delito por el que fue condenado Barberis.

“Si la sentencia fuera por el delito de homicidio doloso, agravado por el uso de arma de fuego, como planteaba la Fiscalía, la pena mínima hubiera empezado en 10 años y 6 meses de prisión”, comparó el fiscal.

El imputado, Jorge Barberis, fue declarado penalmente responsable por el delito de homicidio culposo.
El imputado, Jorge Barberis, fue declarado penalmente responsable por el delito de homicidio culposo.

Cabe recordar que Emiliano Avila, de 33 años de edad, fue asesinado el 10 de febrero de 2023, cuando caminaba por la vereda de la vivienda de Barberis, ubicada en Alvear al 300. El acusado disparó 2 veces con la carabina con la que subió al techo, al escuchar ruidos y ante la creencia de que “un ladrón intentaba robarle”, abriendo fuego contra la primera persona que pasaba por el lugar y que nada tenía que ver con el supuesto intento de delito contra la propiedad en su contra.

“EL TIRADOR TENÍA PLENA VISIÓN DEL LUGAR DONDE ESTABA LA VÍCTIMA”

“Una de las detonaciones, a criterio del Ministerio Público Fiscal, fue la que alcanzó a Emiliano Ávila y le quitó la vida -relató el fiscal Cárcamo-. Estaba suficientemente claro que la víctima era ajena a esa situación, que minutos antes habría ocurrido en los alrededores de la vivienda del imputado”.

Cárcamo explicó que no fue posible realizar una pericia balística completa, ya que hubo un lapso de 5 horas en que el acusado estuvo en el interior de la vivienda hasta que la misma fue allanada y al ingresar al domicilio, no se encontraron, en el techo de la vivienda, las dos vainas correspondientes a ambos disparos.

Barberis es un militar retirado, es decir que tenía conocimiento del manejo de armas y las circunstancias vinculadas a su uso.
Barberis es un militar retirado, es decir que tenía conocimiento del manejo de armas y las circunstancias vinculadas a su uso.

“La tarea pericial no pudo ser completada de manera correcta, para establecer con precisión en algún lugar del techo y definir la trayectoria del disparo. No hay discusión en que él disparó, pero no se pudo establecer si antes de disparar, puedo llevar adelante la acción de apuntar”.

Barberis es un militar retirado, es decir que tenía conocimiento del manejo de armas y las circunstancias vinculadas a su uso.

Para el fiscal, al interpretar la decisión del jurado, éste intentó justificar la acción del acusado en el hecho que emprendió. “De esta manera, por decirlo de alguna manera, lo encuentra ‘no tan culpable’ en el hecho. Es la única lectura posible que puedo hacer, de que hubo una empatía con el imputado como víctima previa de un hecho de inseguridad, pero el caso de la fiscalía fue sólido, con testimonios y evidencia, para reflejar que desde el techo de la vivienda era perfectamente visible todo el lugar donde estaba la víctima, salvo en el momento en que se sube. Si apuntó o no, para nosotros estaba claro que antes de disparar, el tirador tenía visión plena del lugar en el que estaba la víctima. Por eso, para la fiscalía el acto es indudablemente doloso”.

IMPUGNACIÓN DEL VEREDICTO: ¿PODRÍA HABER UN NUEVO JUICIO?

Cárcamo anticipó que una vez concluido el juico con la imposición de pena, impugnará la sentencia, lo que sólo puede hacerse, tratándose de un juicio por jurado, ante la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia.

“Si hace lugar a la impugnación, se debería realizar un nuevo juicio -explicó-. Tratándose de un veredicto de culpabilidad, el Ministerio Público Fiscal va a plantear la impugnación para discutir la calificación legal, por lo que entiendo que el Superior Tribunal, si acepta este criterio, no tendría legitimidad para modificar el veredicto, sino que tendría que ordenar un nuevo juicio”.

Cárcamo insistió en que “resiste mucho la lógica y el sentido común el modo en el que ha resuelto el jurado popular este caso, de manera tal que, en defensa de los derechos de la víctima y de la sociedad de Comodoro Rivadavia, es nuestro deber intentar obtener una declaración de culpabilidad por el delito doloso”.

ADNSUR está certificado por CMD Certification para la norma CWA 17493 de JTI, octubre 2024-2026. Ver más
¿Querés mantenerte informado?
¡Suscribite a nuestros Newsletters!
¡Sumate acá 👇🔗!
Recibí alertas y la info más importante en tu celular

El boletín diario de noticias y la data urgente que tenés que conocer