RÍO MAYO (ADNSUR) - En el marco de la revisión obligatoria de la medida de coerción, se resolvió mantener la prisión preventiva de un joven de 18 años imputado por la Fiscalía como presunto autor de los delitos de lesiones leves agravadas por la relación de pareja, amenazas, lesiones leves, tentativa de homicidio y abuso sexual agravado. Todos los hechos, en concurso real. El joven, que desde el 16 de febrero se encuentra detenido en el Centro de Detención, seguirá en prisión preventiva hasta la audiencia preliminar de juicio.

Acerca de los hechos investigados, en la audiencia se recordó que la primera situación ocurrió el lunes 13 de febrero en la casa que el procesado compartía junto a su pareja y su hija de 1 año y medio, ubicada sobre la  calle Perito Moreno, en la localidad  de Río Mayo.

Ese día, aproximadamente a las 13hs ,el imputado habría comenzado a insultar a su concubina porque ella habría pinchado una cubierta de la bicicleta. De las agresiones verbales paso de inmediato a la agresión física. Comenzó a pegarle golpes de puños en los brazos, en el rostro y patadas en las piernas. Luego, tomó un destornillador e intentó clavárselo. Logró su objetivo, lastimándola en el costado derecho de la espalda.

También tomo un cuchillo y le provocó lesiones en el brazo, mientras la amenazaba de muerte. Esas amenazas también incluían a la niña, que era protegida por su mamá, que la escondía detrás de ella. Por último, el agresor le propinó un golpe de puño en la nuca de la joven mujer.

En la siguiente fase, el imputado se calmó y posteriormente le pidió perdón. Como consecuencia del accionar del detenido, la victima sufrió las siguientes lesiones: hematomas en brazo derecho, herida punzante en parrilla costal derecha, heridas cortantes lineales y superficiales en brazo y antebrazos izquierdo, hematoma cara posterior del muslo izquierdo.

En este contexto, la investigadora señaló que la víctima y el imputado tenían una relación de pareja de aproximadamente tres años. Mencionó también un antecedente registrado hace dos años cuando el joven fue denunciado por su suegra tras golpear a su novia cuando tenía 15 años. En ese momento, fue declarado inimputable por ser un menor de 16 años.

TENTATIVA DE HOMICIDIO

Asimismo, la parte acusadora sostiene que en el mismo domicilio, durante la tarde y antes de las 19hs, el lunes 13 de febrero, el sospechoso se encontraba cuidando a su hija de 1 año y 4 meses de edad mientras la madre trabajaba.

En esa ocasión,  el detenido habría tomado fuertemente del cuello  a la menor. Como consecuencia, le provocó lesiones y hematomas en los dos laterales del cuello. Cuando su madre regresó al hogar, advirtió las lesiones en el cuerpo de su bebé pero no preguntó nada porque tenía miedo a la reacción de su pareja.

El martes 14 de febrero,  entre las 9hs y las 13hs, la niña quedó nuevamente al cuidado de su padre biológico. Su mamá había salido otra vez  a trabajar. Aprovechando esta situación, el joven habría golpeado a la menor con un elemento contundente, que podría corresponder a patadas o piñas. Lo hizo hasta dejarla casi sin vida, inconsciente en la cama.

Al  volver a su casa, la madre de la niña observó que su hija no reaccionaba y estaba flácida. La llevó de urgencia al hospital. Los médicos que la atendieron constataron  que la nena estaba muy golpeada y corría riesgo su vida. Tenía líquido en el abdomen.

Vázquez afirmó que si la madre no hubiese acudido al hospital, la menor hubiese muerto en el domicilio. La niña fue derivada en forma inmediata al Hospital Regional de Comodoro, donde quedó internada en terapia intensiva.

Con respecto a los informes médicos, se confirmó que la víctima sufrió traumatismo de colon. Por esta razón, los cirujanos realizaron una extirpación de parte del intestino grueso. También debieron realizarle una colostomía. Por los golpes recibidos, tuvo múltiples hematomas en región periumbilical  y en su párpado izquierdo.

Sobre la calificación legal provisoria escogida por la parte acusadora, indicaron que se trata de una multiplicidad de delitos calificados como  lesiones leves agravadas por la relación de pareja, amenazas, lesiones leves, tentativa de homicidio y abuso sexual agravado. Todo en concurso real.

En cuanto al mantenimiento de la medida de coerción de prisión preventiva, Vázquez consideró que continúan vigentes los fundamentos considerados válidos en la audiencia de formalización de la investigación, presidida por el exjuez Roberto Casal.

Estos fueron la gravedad del hecho, el riesgo procesal del peligro de fuga por la pena en expectativa y el  entorpecimiento de la investigación. Sobre este último, la representante del Ministerio Público Fiscal destacó la posibilidad de que el imputado influya sobre la madre de la menor, cuyo testimonio será fundamental para el juicio oral y público. Esta presunción se basa en las distintas fases que atraviesa una víctima de violencia de género.

También mencionó la falta de arraigo del procesado en la localidad de Río Mayo, donde no registra ningún tipo de trabajo o domicilio donde pueda alojarse. En consecuencia, pidió que se mantenga la medida procesal hasta la realización de las audiencias de debate.

A su turno, Oyarzún no formuló objeciones a las peticiones del Ministerio Público Fiscal, explicando que su asistido le habría manifestado que no tenía intención de alojarse en ningún domicilio de la ciudad donde ocurrieron los hechos.

Finalmente, los magistrados de Trelew, al no existir controversias entre las partes, dispusieron la continuidad de la prisión preventiva para el imputado. En este sentido, coincidieron con al fiscal Vázquez al indicar que la gravedad de los hechos descritos permiten presuponer que en caso de ser hallado culpable, recibirá una pena de efectivo cumplimiento.

Asimismo, consideraron la existencia de elementos suficientes para suponer que el detenido ha participado de los hechos criminales y se agrava su situación al confirmarse que es el padre biológico de una niña de un año y cuatro meses de edad que no tuvo la posibilidad de defenderse.

Por último, ambos jueces afirmaron que la prisión preventiva debe mantenerse hasta la audiencia preliminar de juicio, donde debe analizarse nuevamente la medida de coerción

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