Un mes de prisión preventiva por robar un kiosco con un arma
Alan Daniel Pérez Díaz será procesado por el robo a mano armada del kiosko Open 24 -en Kennedy y Polonia, el pasado 8 de marzo.
COMODORO RIVADAVIA (ADNSUR) - Con el dictado de la prisión preventiva y la apertura de la investigación concluyó el mediodía del miércoles la audiencia por el hecho acontecido el pasado 8 de marzo que tiene como imputado a Alan Daniel Pérez Díaz. El funcionario de fiscalía requirió se le formalice el hecho de “robo agravado por el uso de arma de fuego” en su contra, en tanto que el defensor propuso una rueda de reconocimiento de personas y su detención domiciliaria.
Presidió el acto Gladys Olavarría, jueza penal; por el Ministerio público Fiscal asistió Martín Cosmaro, funcionario de fiscalía; en tanto que la defensa de Pérez Díaz fue ejercida por Guillermo Iglesias, abogado particular del mismo.
Cosmaro solicitó se le formalice el hecho acontecido el pasado 8 de marzo, aproximadamente a las 6.15 hs., cuando el imputado Alan Daniel Pérez Díaz ingresa al comercio Open 24, ubicado en la intersección de las avenidas Kennedy y Polonia. Pregunta donde estaba la heladera con sándwich y luego pasa por detrás del mostrador, le exhibe una arma de fuego y exige al empleado la recaudación. Se apodera del dinero y cambio de la caja, como también de un atado de cigarrillos. Le dice que se tire al piso y se retira por la Av. Polonia acompañado de dos sujetos. Un remisero da alerta a la policía e inmediatamente Pérez Díaz es aprehendido frente al remis Malvinas, con dinero en efectivo en su poder y una caja de cigarrillos. Calificando provisoriamente el hecho como “robo agravado por el uso de arma de fuego cuya aptitud para el disparo no puede tenerse por acreditada” para Pérez Díaz.
Seguidamente el funcionario de fiscalía requirió se declare legal su detención ya que fue realizada en flagrancia y también se dicte su prisión preventiva por la existencia de elementos de convicción suficientes para tener al imputado como probable autor del hecho. También en base a la existencia del peligro procesal de fuga, ya que en caso de recaer condena esta será de cumplimiento efectivo. El imputado estaba bajo libertad condicional luego de cumplir una condena en la U6 de Rawson, por robo agravado con arma de fuego en Buenos Aires. No trascurrió un mes de su soltura que se ve involucrado en un nuevo hecho de gravedad. Por todo ello solicitó su prisión preventiva por el término de dos meses e igual plazo para concluir con la investigación.
Por su parte el defensor no planteó objeción ni respecto al hecho ni a la calificación legal esgrimida. Si puso dudas sobre la autoría del mismo en cabeza de su defendido. Ya que la víctima le trasmite al taxista y éste a la policía, es decir pudo haberse gestado el teléfono descompuesto, o el quiebre de la cadena causal. Solicitando se “realice una rueda de reconocimiento de personas donde habrá certeza que mi defendido no tuvo nada que ver con el hecho”. Existen zonas grises para ir aclarando. Calificando el plazo de detención solicitado por el fiscal como “muy excesivo, ya que siete días es más que suficiente para realizar esta medida probatoria de reconocimiento”. Proponiendo el plazo de una semana para llevar adelante esta medida con la detención domiciliaria de su asistido. Finalmente luego del reconocimiento solicitó se fije una audiencia de revisión.
El imputado accedió a ejercer su derecho a declarar negando su participación en el hecho, aduciendo que estaba esperando un remis y lo detienen. “Me pegaron y me mataron a palos, yo no tengo nada que ver”.
Finalmente la jueza penal resolvió declarar legal la detención del imputado y decretar la apertura de investigación preparatoria del hecho, dando por anoticiado a Pérez Díaz del mismo y por asegurada su defensa técnica. Dictando su prisión preventiva por el término de 7 días, y luego de la rueda de reconocimiento de personas la audiencia de revisión solicitada.