Los cambios claves que propone el gobierno de Milei en la Ley de Contrato de Trabajo
El Ejecutivo propone una serie de modificaciones clave en el marco de la reforma laboral, aunque algunas ya estaban contempladas en el DNU 70/23.
En el gobierno de Milei se proponen cambios clave en la Ley de Contrato de Trabajo, aunque algunos ya estaban contemplados en el DNU 70/23.
Este conjunto de medidas, que incluye la digitalización de procesos y una flexibilización en las condiciones laborales, ya ha comenzado a tomar forma y se espera que continúe evolucionando a lo largo del año.
Cabe recordar que el proyecto de reforma laboral tiene como base la "Ley de Promoción de Inversiones y Empleo", presentado por la diputada de La Libertad Avanza, Romina Diez, y coautores como José Luis Espert y Gabriel Bornoroni.
Esta iniciativa tiene como objetivo generar un ambiente más flexible para las empresas, alentando la inversión y la creación de empleo, aunque también ha sido objeto de críticas por parte de sectores sindicales que advierten sobre la posible pérdida de derechos laborales para los trabajadores.
LAS MODIFICACIONES QUE EVALÚA EL GOBIERNO
Uno de los cambios más destacados es la posibilidad de que los empleadores realicen pagos a los trabajadores en cuentas no bancarias, lo que abriría la puerta a un sistema de pagos más flexible, fuera de los canales tradicionales. Además, la reforma contempla la emisión de recibos de sueldo de manera electrónica, lo que permitiría una mayor agilidad en la administración y conservación de los registros laborales.
El proyecto propuesto por el Gobierno también busca revisar el principio de "irrenunciabilidad" de los derechos laborales. Actualmente, este principio establece que cualquier acuerdo que suprima o reduzca los derechos establecidos en la ley o en los convenios colectivos de trabajo es nulo.
Con la reforma, se abriría la posibilidad de que los trabajadores pudieran renunciar a ciertas condiciones laborales previamente acordadas entre las partes, lo que introduce una mayor flexibilidad en las negociaciones individuales.
Por otro lado, la reforma modifica el artículo 66 de la Ley de Contrato de Trabajo, permitiendo que el empleador pueda introducir cambios en las condiciones de trabajo, siempre y cuando esos cambios no sean irrazonables ni alteren aspectos esenciales del contrato. Si el empleador realizara modificaciones no contempladas en el artículo, el trabajador tendría la opción de considerarse despedido sin causa.
La reforma también propone la introducción de nuevos beneficios sociales, como prestaciones no remunerativas para los trabajadores. Esto incluiría reintegros por gastos médicos, ropa de trabajo, útiles escolares, guarderías o capacitación. Además, se contempla la reintroducción de "bonos o vouchers" para almuerzos y cenas, similares a los antiguos tickets de almuerzo.
Otro cambio importante es el reintegro de los costos para trabajadores que contraten personal para el cuidado de hijos menores de 6 años o para asistir a personas con discapacidad o enfermedades. En línea con estos beneficios, se ofrece la posibilidad de que los empleadores cubran gastos relacionados con telefonía móvil e internet para los trabajadores y sus familias, así como cuotas de gimnasios o clubes.
En cuanto a las sanciones laborales, la reforma propone permitir que las notificaciones de sanciones disciplinarias no se realicen exclusivamente a través de carta documento, sino que se pueda optar por otros medios "fehacientes" que acrediten la efectiva recepción por parte del trabajador. Esta medida flexibiliza el proceso de comunicación entre empleadores y empleados en relación con las sanciones laborales.
Con información de Ámbito, intervenida por IA, bajo supervisión y edición de ADNSUR