De qué trata el divorcio exprés, impulsado por Milei en el proyecto de Ley Ómnibus que presentó en el Congreso
De aprobarse esta reforma, el trámite deberá ser de común acuerdo pero no requerirá la intervención de abogados ni jueces.
En el proyecto de Ley Ómnibus, el presidente Javier Milei ha propuesto que, los matrimonios que decidan de común acuerdo disolver el vínculo solo deberán comunicarlo a las autoridades administrativas del Registro Civil, en un proceso que no requerirá la intervención de abogados ni jueces. Es decir, un divorcio exprés.
La reforma está incluída en el capítulo III, que incorpora cambios en el Código Civil y Comercial. En el artículo 352 de la ley ómnibus que el primer mandatario envió al Congreso se estableció: “Incorpórase como inciso d) del artículo 435 del Código Civil y Comercial aprobado por la Ley N° 26.994 y sus modificatorias, el siguiente: ‘d) comunicación de la voluntad de disolver el vínculo presentada por los cónyuges en forma conjunta ante el órgano administrativo del último domicilio conyugal, la cual tendrá los mismos efectos que el divorcio’”.
En el Código vigente, las causales de la disolución del matrimonio -que figuran en el Capítulo 8, Sección 1°- eran “a) muerte de uno de los cónyuges; b) sentencia firme de ausencia con presunción de fallecimiento; c) divorcio declarado judicialmente”. Al incluir el inciso d, el trámite saldría de la esfera judicial y quedaría en el ámbito administrativo.
Entre los considerandos de la ley ómnibus, se refiere específicamente a la modificación en el contrato conyugal. “En línea con la modernización de la legislación y el respeto a la preponderancia de la libertad individual, se incorpora un novedoso instituto para nuestro país, de uso común en muchas otras naciones del mundo, que es la posibilidad para los cónyuges de solicitar la disolución del vínculo matrimonial con la sola presentación ante el mismo órgano administrativo que celebró el matrimonio civil, sin necesidad de intervención judicial”, estableció el mensaje enviado al parlamento.
De esta manera -siempre en caso de que las dos Cámaras lo aprueben- las parejas que tengan la decisión de interrumpir el vínculo no tendrán que someterse a rituales legales ni a instancias de mediación judicial donde participan funcionarios judiciales de familia y abogados que patrocinan a las partes.
Sin embargo, no está incorporado en esa modificación, la custodia y preservación de los derechos patrimoniales de cada uno de los integrantes de la sociedad conyugal.
DIVORCIO EXPRÉS Y OTRAS MODIFICACIONES
La instauración del divorcio exprés sin intervención de jueces o abogados, toca desde cuestiones vinculadas la reforma del Estado, la libertad y desregulación económica, un blanqueo, cambios previsionales y una serie de cambios legales que envió hoy al Congreso para ser discutidos en sesiones extraordinarias.
En Diputados y el Senado el oficialismo de La Libertad Avanza cuenta con bancas híper minoritarias, que exigirán negociaciones con partidos de la oposición y, sobre todo, con gobernadores de Juntos por el Cambio y de los partidos provinciales, que se mostraron más permeables a una negociación que le permita a Milei conseguir superar la prueba en la casa de las leyes.
Con información de Infobae