Dos hombres acudieron a la Corte Suprema de Justicia (CSJ) para solicitar una nueva partida de nacimiento en el Registro Civil para ser reconocidos como los únicos padres de un niño nacido a través de la subrogación de vientre, buscando así excluir a la mujer gestante de la designación de madre. 

Tres de los cuatro jueces del máximo tribunal desestimaron la impugnación de filiación, argumentando que la ley vigente limita la filiación a un máximo de dos progenitores, hecho que impide que la mujer gestante sea excluida del reconocimiento legal como madre.

El fallo tuvo el respaldo de los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, con la disidencia de Juan Carlos Maqueda

Los hombres solicitaron ser los únicos padres registrados en el acta. Foto: Adobe Stock
Los hombres solicitaron ser los únicos padres registrados en el acta. Foto: Adobe Stock

Los integrantes del CSJ que votaron en contra se fundamentaron en el artículo 562 del Código Civil y Comercial, el cual establece que los hijos nacidos mediante técnicas de reproducción asistida (TRA) son considerados hijos de la persona que da a luz y de quien ha dado su consentimiento informado, sin tener en cuenta quién proporcionó los gametos.

En este marco, Horacio Rosatti  argumentó que “la normativa no discrimina por orientación sexual y se aplica de manera equitativa a todas las parejas que utilizan técnicas de reproducción asistida. Los solicitantes, que se casaron en 2014, optaron por la subrogación de vientre con el consentimiento altruista de la mujer gestante. A pesar de que se utilizaron gametos de ambos solicitantes, y uno de ellos fue confirmado como padre biológico a través de un análisis de ADN, el niño fue registrado al nacer como hijo de la gestante y de uno de los hombres para facilitar su obtención de DNI”, explicó.

“ES HOMOFÓBICO”

El abogado y profesor de derecho constitucional y derechos humanos (UBA y UNLPam), Andrés Gil Domínguez,  cuestionó el fallo al considerar que tiene “severos errores conceptuales” y es “homofóbico”.

“La gestación por sustitución es una técnica de reproducción humana asistida mediante la cual una mujer (que no desea ser madre) gesta (no subroga) para otros que tienen voluntad procreacional (aunque no aporten ningún gameto ni exista una relación sexual previa)”, sostuvo en una entrevista con Clarín.

¿Qué va suceder con los más de doscientos niños y niñas (algunos ya adolescentes) que en nuestro país adquirieron su identidad filiatoria a través de la gestación por sustitución, la cual se refleja mediante la partida de nacimiento, el documento nacional de identidad y el pasaporte? ¿Los copadres, las comadres, los padres y madres, los padres y las madres dejarán de existir como tales? ¿Se deberán iniciar procesos de adopción por integración respecto de una mujer que nunca deseó ser madre?”, sostuvo en relación a este nuevo fallo.

Finalmente, el letrado reiteró que la decisión de la mayoría de la Corte Suprema de Justicia  sin dudas "incurre en severos errores conceptuales. Por más que intenten maquillarla es homofóbica y le impone a una mujer gestante la condición de ser madre a pesar de su voluntad expresa de no serlo”.

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