Una resolución del PAMI, emitida la semana pasada, fijó restricciones para acceder a medicamentos gratuitos, ya que los afiliados deben reunir determinadas condiciones para mantener ese beneficio, como no cobrar más de una jubilación mínima y media o no estar asociados a una empresa de medicina prepaga. Desde el Colegio de Farmacéuticos de Chubut aclararon que igualmente el médico de cabecera puede justificar la necesidad de tratamiento y mantener el acceso, aun cuando no se cumplan algunos de los requisitos.

“La semana pasada hubo una resolución por parte del PAMI, en la que nos comunica una restricción en lo que es la entrega del medicamento al 100%, bajándose las coberturas en una determinada cantidad de medicamentos”, confirmó Eduardo Molina, presidente del Colegio Farmacéutico de Chubut.

El referente del sector aclaró que no estamos hablando de todos, sino de algunos determinados medicamentos en los cuales el paciente tiene una cobertura del 100%, retira todos los meses y no paga. Con esta resolución, algunos se han bajado al 60% y otros al 40% de cobertura”.

La resolución de PAMI

Al explicar el origen de la medida del PAMI, Molina detalló que esto “es por una racionalización de lo que se entrega al consumo del medicamento y con una prescripción que tiene que estar más controlada por parte del médico prescriptor y por parte del PAMI. Las farmacias adherimos, desde la perspectiva que el uso del medicamento tiene que ser racional, porque no es una un caramelo, tiene que estar usado en una forma correcta y no en forma excesiva”.

Según puntualizó, la medida es consecuencia de que el PAMI “ha encontrado un aumento de consumo, tal vez de una forma no racional y eso trajo como consecuencia esto. De todos modos, en función de lo que la Confederación Farmacéutica cuestionó, en el caso de pacientes que tienen baja en la cobertura pero sus condiciones no son adecuadas, la obra social autorizará por auditoría a que el medicamento pase nuevamente al 100%”.

Molina aclaró que los pacientes crónicos continúan con la cobertura total, pero si alguno de esos productos redujo el porcentaje, con la justificación previa ante el auditor del PAMI recuperarán el 100%.

1,5 HABER MÍNIMO, ¿SE TOMA EN CUENTA EL COEFICIENTE DE ZONA PATAGÓNICA?

La norma deja establecido un “gris”, ya que establece como requisito que para acceder a la gratuidad del medicamento no se debe superar el equivalente a 1,5 haber mínimo jubilatorio. Molina reconoció que no se tiene en cuenta la realidad patagónica, pese a que la Confederación Farmacéutica viene haciendo hincapié en ese tipo de temas y ha conformado un bloque patagónico.

“Por ahora no hay precisiones sobre ese tema”, indicó, al reconocer que muchos afiliados patagónicos pueden quedar al borde de perder la cobertura, porque la zona desfavorable implica un 40% adicional sobre los haberes jubilatorios.
 

La medida no afectará lo que son medicamentos para pacientes crónicos, aclararon

“De todas formas, si hay justificación de la necesidad, el paciente va a acceder al medicamento, porque no estamos hablando de números, sino de personas”, enfatizó.

Otra limitación es si el paciente tiene contratada una empresa de medicina prepaga, con lo cual perderá la cobertura del 100%. “Hay gente que tiene ingresos para obtener una prepaga importante, pero a su vez  utiliza los medicamentos gratuitos del PAMI -señaló-. Es una opinión personal, pero a mi criterio eso no es ético, porque hay una cuestión de solidaridad de por medio también”, afirmó.

PRECIOS DE REMEDIOS “SUBEN POR DEBAJO DE LA INFLACIÓN”

Molina refirió que los precios de medicamentos no han dejado de subir, pero lo hacen por debajo del índice oficial de inflación. Por ejemplo, indicó que en julio el IPC fue del 4%, mientras que el promedio de los fármacos subió un 3,8%, según el Observatorio de Precios de la Confederación Farmacéutica.

“Algunos aumentan más que ese porcentaje, otros lo hacen menos y otros no mueven sus precios, pero el promedio general es el 3,8%, sintetizó.

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