La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) cuenta con un programa destinado a quienes trabajaron bajo relación de dependencia y fueron despedidas sin justa causa.  

Se trata de la Prestación por Desempleo, que va de $73.000 a $156.000 en marzo, según la categoría. Se puede acceder a través de un trámite que no tiene costo.

La ayuda económica tiene como finalidad ayudar a las personas que trabajaban en relación de dependencia y fueron despedidas sin justa causa conforme a lo establecido en la Ley de Contrato de Trabajo N° 24.013

Prestación por desempleo de hasta $156.000: quiénes pueden cobrarla y cómo se solicita

Para acceder al cobro de esta prestación, los solicitantes deberán cumplir con los siguientes requisitos:

✔Trabajadores en relación de dependencia permanentes: tener al menos 6 meses de trabajo con aportes en los últimos 3 años antes del despido o finalización del contrato.

✔Trabajadores eventuales o de temporada: haber trabajado menos de 12 meses en los últimos 3 años y más de 90 días en el último año, previo a la finalización del trabajo.

CÓMO TRAMITARLA

Hay que reunir toda la documentación personal y familiar que solicita el organismo. Luego, ingresar en Atención Virtual con tu CUIL y Clave de la Seguridad Social. También se puede hacer este trámite en una oficina de ANSES con turno previo.

Es importante estar atento a las citaciones por WhatsApp, correo electrónico o a través del recibo de cobro que te envíe el Ministerio de Capital Humano, ya que deberás asistir de forma obligatoria.

QUÉ DOCUMENTACIÓN SE NECESITA

Además de presentar tu Documento Nacional de Identidad (DNI) en formato original y copia, es necesario presentar la documentación que compruebe el desempleo (original y copia), según el caso:

-Despido sin justa causa: telegrama de despido, carta documento o nota de despido con firma certificada del empleador.

-Despido por quiebra o concurso preventivo del empleador: nota del síndico certificando la disolución del contrato laboral, sentencia de quiebra autenticada por juzgado, telegrama del empleador notificando el cese por quiebra o el ejemplar del Boletín Oficial donde se publicó la quiebra.

Prestación por desempleo de hasta $156.000: quiénes pueden cobrarla y cómo se solicita

-Resolución del contrato de trabajo por denuncia del trabajador fundada en justa causa: telegrama de intimación y telegrama de desvinculación laboral enviados por el trabajador.

-No renovación de un contrato a plazo fijo: copia del contrato de trabajo vencido.

-Fallecimiento de un empleador unipersonal: copia certificada del acta o partida de defunción.

-En caso de haber padecido una enfermedad/accidente no laboral o enfermedad/accidente laboral al momento de producirse el cese en su último empleo: certificado médico de aptitud laboral para ocupar un puesto de trabajo acorde a su situación de salud.

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