Una grave denuncia por daño ambiental se produjo con relación al Parque Interjurisdiccional Marino Costero Patagonia Austral (PIMCPA), ubicado en el norte del golfo San Jorge, a raíz del uso de veneno tóxico para erradicar especies exóticas, compuestas por conejos y gatos silvestres, en las islas que conforman ese complejo.

La denuncia, planteada por el poblador rural Gonzalo Abril en la fiscalía de Rawson, fue derivada hacia Comodoro Rivadavia, donde quedó a cargo del fiscal Juan Carlos Caperochipi, quien ordenó las primeras medidas de prueba para determinar el tenor de los hechos.

Puntualmente, lo que se cuestiona es la matanza de 790 conejos silvestres en las islas Valdés, Tova y Tovita, que forman parte del mencionado parque marino, mediante el uso de 10 toneladas de “un veneno altamente tóxico y bioacumulable, el brodifacoum, sin una imprescindible evaluación previa del real impacto de la especie exótica realizada por expertos y de los riesgos para el ambiente y para las especies autóctonas”, según se desprende de la presentación judicial. “Esto ha llevado a la muerte de ejemplares de especies nativas no objetivo y a la contaminación de un ambiente antes prístino”.

El Parque Marino Patagonia Austral fue creado en el año 2009 y forma parte de la Reserva de Biósfera Patagonia Azul, creada en 2015 (UNESCO-MAB). Imagen: Darío Podestá/ampargentina.org

La denuncia apunta contra un programa llevado adelante por la fundación Rewilding Argentina, que había presentado los informes previos para avanzar con el programa de erradicación de la fauna foránea, lo que fue autorizado por ámbitos oficiales.

Fuentes de la fiscalía consultadas por ADNSUR detallaron que se libró una serie de oficios para establecer precisiones sobre los hechos investigados, para determinar si hay algún tipo de ilícito, aunque “por el lado penal no tendría, a priori, posibilidad de encuadre”, según se indicó. 

“Si hay alguna irregularidad puede estar más cerca de la justicia contravencional -explicaron desde ese ámbito-, que estipula sanciones administrativas, más que por el lado penal, en el que si existió algo ya estaría prescripto, porque los hechos son de hace casi 3 años”.

En línea con ese razonamiento, en este caso no sería aplicable la ley de maltrato animal, ni tampoco la figura del daño (como hecho doloso provocado deliberadamente) como lo que se evalúa en la causa de los pingüinos, sino que se vincularía, preliminarmente al menos, a hechos normados sobre la protección del ambiente dentro del Código Contravencional.  

QUÉ ES EL PARQUE PATAGONIA AUSTRAL

El parque interjurisdiccional marino costero Patagonia Austral es un área protegida ubicada al sur de la provincia de Chubut, sobre la costa norte del golfo San Jorge. Comprende una franja continental y un amplio sector marino que incluye diversas islas e islotes.

El PIMCPA es uno de los núcleos de la Reserva de Biósfera de UNESCO Patagonia Azul, y ha sido designado Área Importante para la Conservación de las Aves (AICA CU05), todo ello debido a sus destacados recursos naturales. . La superficie total es de algo más de 1.000 kilómetros cuadrados, en su mayor parte compuesta por áreas marinas.

El objetivo primordial por el que fue creado es conservar sus valores naturales y culturales, y permitir el disfrute y desarrollo de actividades respetuosas con el ambiente. Posee un Plan de Manejo y Conservación aprobado en 2018 por la Administración de Parques Nacionales y por la provincia del Chubut, el cual ordena sus zonas y regula sus actividades.

El complejo de islas es el hábitat de gran cantidad de especies. Foto: Darío Podestá/ampargentina.org

Dicho plan fue consensuado tras un intenso trabajo participativo y multidisciplinario, desarrollado con la intervención de numerosos actores, incluyendo a los organismos que administran los recursos naturales y a instituciones académicas, con el aporte de expertos en distintas disciplinas.

LA DENUNCIA QUE RECIBIÓ LA FISCALÍA

Los párrafos precedentes forman parte del informe que da apoyo a la denuncia judicial presentada por Abril, poblador de una estancia de la zona de Camarones, que cuestionó ante la fiscalía los trabajos realizados por la mencionada fundación en las islas que integran el parque.

“La fundación ‘Rewilding’ comenzó a comprar campos a propietarios originarios. Luego en el 2020, ellos sacaron las ovejas y empezaron a construir dos campings en la zona costera, en los que tengo entendido que no tenían autorización necesaria para la realización, ni los informes de impacto ambiental, ni de manejo de fuego”, planteó el poblador en la denuncia ante fiscalía.

“Al día de hoy, habría un proyecto para usufructuar el uso de las islas (que son provinciales), donde se instaló una estación de investigación de la flora y la fauna. En el lugar, se realizó un envenenamiento de los conejos de manera progresiva. Esta matanza se habría efectuado a través de un cebo tóxico, teniendo en cuenta el impacto ambiental que esto produce a la historia y la cultura”, añadió el denunciante.

Cabe añadir que esta agencia se comunicó con el área de prensa de la fundación para conocer sus argumentos frente a la denuncia, pero hasta el cierre de este informe no se produjo esa respuesta.

LOS ARGUMENTOS DE LA FUNDACIÓN: ERRADICAR ESPECIES INVASORAS PARA PROTEGER A LAS AUTÓCTONAS

Hay que advertir que el plan de erradicación de especies exóticas fue comunicado por la fundación Rewilding ante la la Subsecretaría de Conservación y Áreas Protegidas, que depende del Ministerio de Turismo de Chubut. Ese organismo aprobó el programa, a través de la Disposición número 53, con fecha 20 de agosto del año 2021. Es decir que la actividad realizada contó con la anuencia del gobierno provincial de ese momento.

Previamente, la fundación Rewilding presentó el denominado Proyecto de Erradicación del Conejo de las Islas Valdés, Tova, Tovita y Gaviota, en base al argumento de que ponen en riesgo a las especies nativas, que deben ser objeto de protección:

"Las especies exóticas invasoras que se establecen con poblaciones abundantes y autosostenibles afectan negativamente a las especies nativas y sus comunidades biológicas en sistemas terrestres y acuáticos -dice la fundación, en el texto en el informe presentado ante la autoridad provincial-. Esto es especialmente cierto en islas pequeñas donde se ha verificado la disminución o extinción de poblaciones, e incluso especies, como resultado de la introducción de exóticas invasoras (...). Las especies exóticas invasoras son la principal causa de extinciones en islas y están implicadas en el 86% de las extinciones verificadas en islas desde el año 1500 DC (...) y actualmente amenazan a 596 especies de aves, mamíferos y reptiles listadas como amenazadas en la lista roja de la UICN (Blackburn et al 2004)".

Copia de la autorización emitida por Provincia para avanzar con el programa de erradicación de conejos silvestres. La fiscalía investiga si hay vulneración a normas ambientales.

La misma presentación, añade:

“La introducción de conejos (Oryctolagus cuniculus) fuera de su rango natural de distribución ha ocurrido frecuentemente en tiempos históricos. El conejo es una especie que alcanza su madurez sexual a una edad temprana. Esto se suma a un corto período de gestación, lo cual permite más de una parición anual, y camadas numerosas (Chapman y Flux 1990). Estos atributos reproductivos, combinados con su adaptabilidad a ambientes con escasez de agua y alimento, lo convierten en una especie invasora altamente exitosa con un gran potencial para dañar los ecosistemas que invade. Esto último es especialmente cierto en las más de 800 islas donde el conejo ha sido introducido". 

El conejo está considerado por el Grupo de Especialistas de Especies Invasoras de la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza como una de las 100 especies exóticas invasoras más dañinas a nivel mundial (Lowe et al 2004). Mediante Resolución 474/2020 del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible de Argentina, se declara al conejo especie ‘dañina y perjudicial para la conservación de la biodiversidad y las actividades productivas’ y se faculta a organismos de gobierno a coordinar la ‘prevención, control o erradicación de las poblaciones silvestres de la especie’”.

Conejos invasores en el Parque Marino Patagonia Austral, captado por una cámara 'trampa'. Imagen: Boletín Fundación Rewilding.

 Tras brindar ejemplos de perjuicios provocados por conejos invasores en distintos lugares del mundo, el programa concluye la necesidad de la erradicación:

“En resumen, los conejos impactan severamente sobre la vegetación ya sea directamente por sobrepastoreo o indirectamente a través del cavado de madrigueras. Esto a su vez degrada y erosiona el suelo. Como resultado, los hábitats de las islas sufren profundos cambios con efectos negativos sobre un gran número de especies vegetales y animales. Los conejos además compiten con varias especies de aves por las cuevas donde estas especies nidifican. Por último, los conejos pueden convertirse en presas de depredadores tanto nativos como exóticos, permitiendo que estos depredadores incrementen sus números de manera artificial con efectos catastróficos sobre especies presa nativas”.

El plan para erradicar conejos señala además que el parque es el hábitat de 55 especies de aves marinas y costeras, 13 de las cuales utilizan el espacio para la nidificación, mientras que en muchos casos se transforma en espacio de conservación para esas especies. Y advierte que el control de las especies exóticas invasoras había sido reconocida en el plan de manejo de 2018.     

“Si no se resuelve el problema de manejo, la presión que ejerce el conejo sobre los valores de conservación de las islas se mantendrá -concluye la fundación-. Esto incluye la degradación de la vegetación nativa, la erosión de suelos por pérdida de cobertura de vegetación, la pérdida de sitios de nidificación de aves marinas por pérdida de cobertura de vegetación (ejemplo eliminación de arbustos bajo los cuales nidifican especies como el pato vapor de cabeza blanca), la pérdida de sitios de nidificación por competencia en el uso del suelo (ejemplo menos espacio disponible para la construcción de nidos por parte del pingüino de Magallanes), la destrucción de sitios históricos y la degradación del paisaje”.

PERSISTENCIA DEL VENENO Y RIESGO PARA ESPECIES NO OBJETIVO

Según el documento que forma parte de la documentación que la fiscalía tiene para su análisis, parte del cuestionamiento se basa en el uso del tipo de veneno para la erradicación de los conejos en las islas.

El documento que el fiscal tiene para su análisis, evidentemente elaborado por especialistas que asesoraron al denunciante, asegura que el sistema de erradicación elegido se trata “de una actividad de manejo intervencionista, basado en el envenenamiento masivo de conejos con más de 10 toneladas de cebos de brodifacoum, un veneno anticoagulante de segunda generación, esparcido a granel en la isla Tova”, para replicarse en otras islas del Parque Interjurisdiccional.

El cuestionamiento se basa en 3 aspectos principales. En primer lugar, se afirma que el impacto de los conejos sobre el suelo y el paisaje no ha sido evaluado en las islas que forman parte del parque.

“La sola falta de esta evaluación previa debería inhabilitar la aprobación de cualquier acción con riesgo para el ambiente”, añade el documento.

El segundo cuestionamiento es una réplica al argumento de la fundación, cuando mencionó que el plan de manejo de 2018 contempló la erradicación de especies invasoras. “Este argumento saca de contexto dicha expresión y lo tergiversa, ya que no se toman en cuenta las consideraciones previas, requerimientos y estrategias indicados en el Plan de Manejo, antes de efectuar tamaña intervención, tal como se analiza más abajo”, añade el texto que acompaña la denuncia. 

En la denuncia se presenta la imagen de un pingüino muerto, junto a una pastilla del veneno utilizado, para reflejar el riesgo del método utilizado para erradicar conejos.

El tercer cuestionamiento, no menos importante, es el tipo de veneno utilizado, en una cantidad de más 10 toneladas, que persiste durante 6 meses en las carcasas de los animales muertos.

“Al respecto, es oportuno explicar que el brodifacoum es un potente raticida que se une fuertemente a la vitamina K epóxido reductasa, y persiste en las carcasas durante al menos seis meses en órganos y tejidos que contienen esta enzima, como el hígado, los riñones y el páncreas", asegura la presentación, citando bibliografía al respecto. 

"Sin dudas, la persistencia de brodifacoum en los tejidos aumenta el riesgo de envenenamiento secundario de especies no objetivo. Esto plantea un claro riesgo para las aves nativas depredadoras y carroñeras, incluyendo búhos y todo tipo de rapaces, tal como fuera destacado por diversos autores (Mendenhall y Pank, 1980; Howald et al., 1999). De hecho, las preocupaciones generalizadas sobre la persistencia, bioacumulación y potencia del brodifacoum han dado lugar a restricciones a su uso en muchas partes del mundo, siendo totalmente prohibido su uso en áreas naturales y rurales en los Estados Unidos”. 

El documento sugiere consultar “a personas que han tenido acceso a la isla Tova durante la ejecución del proyecto y manifiestan haber observado una llamativa mortalidad de un gran número de aves nativas, incluyendo paseriformes, rapaces y pingüinos de Magallanes, hallados muertos sobre las pastillas de veneno arrojadas directamente en sus nidos”.

Finalmente, el documento pide que se suspenda la intervención autorizada por ámbitos oficiales y se realice un estudio en profundidad de los impactos reales de las especies invasoras, como la elaboración de planes de acción acordes para su manejo:

Pastilla de veneno utilizada para la erradicación de conejos y gatos silvestres.

“Por todo lo expuesto, atendiendo al principio precautorio que debe regir en toda área protegida, y reiterando la condición insoslayable de que se trata de un parque interjurisdiccional, núcleo de la Reserva de Biósfera de UNESCO Patagonia Azul, y Área Importante para la Conservación de las Aves, es fundamental que las autoridades de aplicación, responsables de velar por el estricto cumplimiento del Plan de Manejo y Conservación sancionen estos hechos, y suspendan inmediatamente la autorización de este tipo de intervenciones, hasta tanto se someta a una exhaustiva  evaluación del real grado de impacto que producen las especies exóticas”.

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