El abogado defensor de Abel Boyero aseguró en contacto con ADNSUR que el pedido de 6 años de prisión por parte del fiscal "es una pena un poco caprichosa", al evaluar que hay atenuantes que seguramente determinarán que su representado quedará en libertad. Similar expectativa expresó Fabián Gabalachis, que asistió al empresario Roberto Monasterolo, para quien se pidió 5 años y 6 meses de prisión.

"Las penas altas son para delitos complejos, para personas que frondosos prontuarios y acá la mayoría es sancionada por primera vez y se les adjudica una maniobra muy rudimentaria -dijo Iglesias-. Además, son muchos menos hechos de los que originalmente se los acusó, eso es un plus a favor que tienen los acusados".

La crítica del defensor de Boyero al fiscal: “Es una pena caprichosa"

Para Iglesias, su cliente obtendrá una pena de prisión en suspenso, es  decir que quedará libre cuando se conozca el pronunciamiento del tribunal, el próximo 28 de agosto. "Es lo que va a pasar, sólo hay que esperar -indicó-. Ahora viene la etapa de impugnación y van a tener que sortear la integración de una Cámara, porque la de Comodoro ya ha intervenido en este caso y va a ser mucho mejor que no intervenga una cámara de esta ciudad y la integren camaristas de otras jurisdicciones".

“LA FISCALÍA CAMBIÓ LAS PENAS INICIALES”

Por su parte, Fabián Gabalachis coincidió en su expectativa de que el tribunal aplique las penas mínimas, que permitan que su cliente, Roberto Monasterolo, quede en libertad tras la sentencia final.

"Cuando la fiscalía realizó la acusación, las penas no superaban los 4 años para los empresarios y de 4 años y medio, o 5 en algún caso, para los funcionarios públicos. Ahora el fiscal nos cambia el panorama y eso, a nuestro criterio, no puede ocurrir, según la jurisprudencia de fallos que se emitieron en la zona", advirtió, al contrastar las acusaciones iniciales con la solicitada ayer por el fiscal Olazábal, que pidió 6 años de prisión de para los funcionarios y más de 5 para su defendido.

Gabalachis confió también en que la impugnación que planteará contra la sentencia podría derivar en otro tipo de pronunciamiento, ante falencias que fueron observadas en el proceso, al insistir en que su defendido no cometió los actos irregulares que se le reprochan.

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