El Gobierno Nacional oficializó este miércoles la medida que prohíbe a las provincias y municipios incluir tasas y recargos en las boletas de servicios públicos. Se trata de la resolución 267/2024 publicada en el Boletín Oficial.

El texto de la resolución establece que los conceptos contenidos en los comprobantes de los proveedores de bienes y servicios en el marco de las relaciones de consumo, “deberán referirse en forma única y exclusiva al bien o servicio contratado específicamente por el consumidor y suministrado por el proveedor”.

Y también se aclara que “no pueden contener sumas o conceptos ajenos a dicho bien o servicio, sin perjuicio de toda otra información de carácter general que corresponda incluir en el documento emitido, conforme a la norma aplicable”.

Los impuestos de municipios y provincias no podrán volcarse a las boletas. Foto: ilustrativa/archivo

La normativa establece que en caso de incumplimiento habrá un "régimen de penalidades previsto" por la ley. Esta medida comenzará a regir dentro de los próximos 30 días, y en ese plazo se deberán hacer las correspondientes modificaciones para adecuarse a la nueva resolución.

La medida específica en sus términos cuáles son los recargos que pueden estar incluidos en la boleta que le llega a cada usuario y no el cobro en sí de esos recargos. Esto es algo que la Nación no puede prohibir por tener, provincias y municipios, autonomía para este tipo de decisiones recaudatorias. 

Por esto mismo, la medida, entonces, busca “transparentar” ante el cliente cuál es el nivel de cobro de provincias y municipios por los servicios, y dejar así atrás una “práctica generalizada”, con la incorporación de "conceptos ajenos a aquellos contratados por el consumidor".

Con información de Infobae, redactada y editada por un periodista de ADNSUR

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