Rodríguez Chirillo aseguró que hubo un "error" y no se tocará la Ley Corta
El secretario de Energía confirmó que la inclusión del artículo que implicaba la nacionalización de los recursos naturales en la Ley Ómnibus se trató de un "error".
La Ley Ómnibus genera dudas en las provincias patagónicas, y los mandatarios salieron en defensa del manejo de los recursos naturales, como sucedió con la Ley de Pesca.
El artículo 98 del proyecto de Ley, Nación se atribuía a “otorgar permisos, concesiones y autorizaciones” en los yacimientos que hoy están en manos de las provincias.
Esta iniciativa generó una reacción en las provincias patagónicas y llevó a que el gobernador de Neuquén, Rolando Figueroa, saliera a pedirle explicaciones Eduardo Rodríguez Chirillo.
Según la información publicada por Más Energía, el secretario de Energía de la Nación le transmitió al mandatario neuquino que se trató de un error de redacción y que no se tocaría la Ley Corta.
“Copiaron y pegaron la ley anterior a la sanción de la ley corta y la modificación de la Constitución. Eso es lo que me dijo, que se equivocaron. Pero yo, si pasa, pasa, no, entonces por eso alcé la voz con este tema”, señaló Figueroa.
En el marco de la defensa de la Ley Ómnibus en el Congreso de la Nación, Rodríguez Chirillo confirmó que la modificación del artículo 98 de la Ley 17319 de Hidrocarburos se trató de un error y que Nación no tiene intenciones de modificar la normativa.
“No hay ninguna intención de volver a nacionalizarlos recursos naturales que corresponden a provincias. Ya está rectificado dentro de los cambios que estamos haciendo y conversado con los gobernadores”, afirmó el titular de la cartera energética.
Hay que recordar que lo que proponía la Ley Ómnibus era que el Ejecutivo nacional pueda determinar las zonas del país en las cuales interese promover las actividades regidas por esta ley; otorgar permisos, concesiones y autorizaciones; y autorizar sus cesiones; estipular soluciones arbitrales y designar árbitros; anular concursos; determinas las zonas vedades al reconocimiento superficial; fijar las compensaciones reconocidas a los propietarios superficiarios; y declarar la caducidad o nulidad de permisos, concesiones y autorizaciones.