LA PLATA (ADNSUR) - En 2008, una pareja de La Plata acudió a la Clínica Procrearte por problemas de fertilidad. Como ella tenía baja reserva ovárica, decidieron recurrir a la ovodonación. Entonces, con el material genético de una donante y el semen de él, en abril de ese año obtuvieron once embriones que se criopreservaron en cuatro pajuelas.

Implantaron uno de esos embriones y fueron padres de una nena. Y durante 10 años mantuvieron congelados el resto de los embriones. En julio de este año, finalmente, decidieron no seguir conservándolos. Y acudieron a la Justicia para su destrucción. 

El fallo hizo lugar a su petición. En medio de un vacío legal, es el tercero de este tipo en Argentina y tiene la particularidad de haberse basado en un proyecto de ley que está "frenado" en el Congreso. El "descarte" -como es la denominación judicial- de los seis embriones criopreservados se produciría dentro de 15 días después de que la sentencia quede firme. Si no hay apelación, eso ocurrirá el viernes al mediodía.

El fallo, que tuvo lugar el 30 de septiembre, reconoció el "cese de la voluntad procreacional" de la pareja. También la negativa de donar esos embriones "a terceros o a investigación", algo que no estuvo presente en los dos fallos anteriores.  Antes de llevar el caso a manos de abogados, la pareja expresó a la clínica el deseo de descartar los embriones. Fue cuando los llamaron por la importante deuda que acumulaban al no haber cumplido, durante años, con el pago por el servicio de la criopreservación. En la actualidad, su costo va de los 100 y 200 dólares por mes.

Tal como destaca Clarín, una vez que la deuda se saldó, desde la clínica les dijeron que "ante la falta de normativa expresa" necesitaban una autorización judicial, para evitarse una demanda civil a futuro. De ahí la judicialización del caso.

"Este fallo insta al Congreso a que legisle y aclare el tema. Es una autorización, no un juicio. Había un contrato vitalicio con una institución que no tiene por qué sostener gratis una criopreservación cuando la otra parte no quiere que siga adelante. Este fallo es muy importante, o polémico para otros, porque está diciendo que los embriones no son personas. Es una manera de cuidar a la pareja, no sólo a la clínica. Hace que ellos no estén en una situación de desprotección", explica a Clarín Griselda Deluca, abogada de Procrearte y quien asesoró a la pareja en todo el proceso.

Se estima que hay al menos unos 25.000 embriones congelados en los distintos centros de fertilización asistida del país y su existencia no está regulada. En abril de este año, Daniel Filmus presentó un proyecto en el Congreso que intenta poner fin al vacío legal que excede a la ley de cobertura de Tratamientos de Reproducción Humana Asistida (Ley 26.862 de 2013), porque en esa normativa no se habla de qué hacer con los embriones no implantados.

El proyecto de Filmus, que afirma que un embrión no es equiparable a una persona humana y por lo tanto no tiene los mismos derechos, fue la base del fallo que favoreció a esta pareja.

"No cabe otra interpretación más que considerar que los embriones no implantados no son persona en sentido jurídico, independientemente ello de las creencias personales que cada individuo pueda tener en su esfera íntima. (...). La justicia no debe atender cuestiones que forman parte de la esfera íntima de las personas, debido a ello, ponderando que urge brindar una respuesta legislativa sobre este tema, máxime cuando la mayoría de los diferentes proyectos presentados han perdido estado parlamentario, subsistiendo actualmente el proyecto de ley número 1541-D-2019 que guarda coherencia con el ordenamiento jurídico y la visión constitucional-convencional que debe imperar, estimo que corresponde oficiar al poder legislativo nacional a los fines de poner en conocimiento -al menos- las dificultades que están obligados a atravesar los particulares ante la falta de legislación", determinó el juez Mauro Javier Cerdá.

"El proyecto plantea que con un marco jurídico se protege a los embriones, se evita que se judicialicen situaciones y le da seguridad jurídica a los médicos y pacientes. También pone un límite de diez años para su conservación. En este fallo hablaron del proyecto y esto es muy importante. Porque hoy está frenado en el Congreso y la Justicia pide celeridad sobre el caso", explica a Clarín Marisa Herrera, abogada especialista en Familia y quien estuvo en la conformación de ese proyecto.

Respecto a los fallos anteriores, el primero fue el 30 de julio de 2018, en el Juzgado de Familia N° 1 de Mendoza. En ese caso no hubo sentencia sino que el juez Carlos Neirotti homologó lo convenido por una pareja en el juicio de divorcio: descarta los embriones. Y así lo ordenó a la clínica CEGYR.

El segundo fallo fue el 22 de abril de este año, también en La Plata, en el Juzgado N°7, con la misma clínica, y los embriones fueron descartados. Esa pareja, tras haber tenido un hijo por inseminación y otro de forma natural, también manifestó el cese de su voluntad procreacional. 

"Con el nuevo Código Civil, por ejemplo, si una pareja que criopreservó embriones se separa y uno quiere implantarlos y otro no, es necesario que se renueve la voluntad de ser padres de ambos. Si no, no se puede. Antes no era así. Y eso remite al caso de 2011 en el que ella quiso, él no, la Justicia le dijo que sí a ella y finalmente ninguno de los embriones 'prendió'. Si se hubiese dado el embarazo, la clínica se hubiese enfrentado a un juicio tremendo. En este fallo, la pareja, los dos, estaban decididos a no seguir procreando", detalla.

¿Los embriones de esta pareja podrían donarse? No. Eso es resultado del mismo vacío legal. Desde Procrearte desandaron el camino de la criopreservación para explicar por qué no.

"Si los embriones fuesen producto de dos donantes, podrían haberse donado. Porque la clínica somete a los donantes de material genético femenino y masculino a una batería de estudios antes de aceptarlos como tal. En este caso el espermatozoide era de él (por el hombre de la pareja), no de alguien que haya pasado por esa selección para ser donante. No se le estaría dando seguridad a la pareja o persona que reciba esa embrión", aclararon. 

Deluca también distingue este fallo de los previos porque "lo económico, pese a la situación del país, no era la causa fundamental". Si bien no se darán datos de la pareja de La Plata, la mujer supera los 40 años, motivo por el que quiso "evitar tener algún tipo de embarazo complejo". Pero la principal causa del pedido a la justicia, como se dijo desde un principio, fue el cese de la voluntad procreacional de ambos.

Como anticiparon a Clarín, la clínica Procrear le pedirá a la pareja que esté presente en el momento de la suspensión de la criopreservación de sus embriones. Además, que firmen un escrito explicitando que están de acuerdo con el procedimiento de destrucción. Ellos pueden elegir no verlo.

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